Los tribunales fijan las causas para vetar marchas en disturbios e indicios delictivos

El Superior ratifica las prohibiciones si el convocante actúa como testaferro de BatasunaBalza: "La ilegalización no priva a los líderes de Batasuna del derecho de manifestación"

El Tribunal Superior vasco ha invocado en todas sus últimas resoluciones relativas a las prohibiciones de manifestaciones convocadas o apoyadas por Batasuna la jurisprudencia tanto del Constitucional como del Supremo, según la cual la autoridad gubernativa puede prohibir una marcha sólo si aprecia indicios de delito y si hay "razones fundadas" de que se van a producir desórdenes públicos.

La jurisprudencia fijada por el máximo intérprete de la Constitución y por el Tribunal Supremo deja claro que los responsables de Interior deben avalar la prohibición de manifestaciones con "datos obje...

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El Tribunal Superior vasco ha invocado en todas sus últimas resoluciones relativas a las prohibiciones de manifestaciones convocadas o apoyadas por Batasuna la jurisprudencia tanto del Constitucional como del Supremo, según la cual la autoridad gubernativa puede prohibir una marcha sólo si aprecia indicios de delito y si hay "razones fundadas" de que se van a producir desórdenes públicos.

La jurisprudencia fijada por el máximo intérprete de la Constitución y por el Tribunal Supremo deja claro que los responsables de Interior deben avalar la prohibición de manifestaciones con "datos objetivos" y no con "meras sospechas" de que se van a producir alteraciones del orden público y que, además, haya indicios de que "pueda ser constitutiva de delito".

Esta jurisprudencia supuso en 2002 varios reproches a la consejería de Interior, que dirige Javier Balza, porque algunas de las prohibiciones se habían realizado "sin mayor esfuerzo probatorio", "graves defectos de insuficiente motivación" o "impreciso contenido probatorio". Fue el caso de la manifestación prohibida en noviembre de 2002 que Interior creyó erróneamente, según el tribunal, que era una marcha calcada de la del 14 de septiembre de ese mismo año, considera ilegal por el juez Baltasar Garzón tras haber suspendido a finales de agosto todas las actividades de Batasuna. Balza pidió entonces a los jueces que se "pusieran de acuerdo" sobre el derecho de manifestación.

Las resoluciones posteriores del alto tribunal vasco, algunas con votos particulares, no han fijado una postura unívoca, lo que fomentó este verano que en un plazo de pocos días lo que había sido prohibido en una capital vasca no lo fuese en otra, aunque los lemas o los promotores estuvieran relacionados con las formaciones ilegalizadas por el Supremo en marzo de 2003. Los cambios entre 2003 y 2005 en la composición de la Sala de Vacaciones del Superior, fechas en las que se producen parte de las manifestaciones convocadas por Batasuna al calor de las fiestas veraniegas, han posibilitado sentencias contradictorias. Este año, el Superior se ha inclinado por ratificar las prohibiciones de Interior cuando se ha comprobado que el convocante real actuaba como testaferro de Batasuna."La ilegalización de Batasuna no priva de sus derechos civiles a antiguos afiliados y líderes de Batasuna, incluido el de manifestación". Esta aseveración del consejero de Interior, Javier Balza, vertida con contundencia en un encontronazo verbal con el representante del PP Carlos Urquijo la semana pasada en la Cámara, atribuyéndola a la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia, sólo se recoge con esa claridad en la sentencia dictada en agosto de 2003 en relación con una manifestación convocada por un ex edil de EH y una parlamentaria de SA en las fiestas donostiarras. Interior la prohibió entonces porque los "verdaderos convocantes" eran miembros de Batasuna y no la persona que la había comunicado.

Por contra, la Sala del alto tribunal que formaron por su entonces presidente Manuel María Zorrilla y los jueces Enrique Torres y Manuel Díaz de Rábago, revocó el veto. La resolución judicial afirmaba: "Aquellos [el edil y la parlamentaria] conservan sus derechos ciudadanos, entre los que está el de convocar manifestaciones (...) La suspensión de esos tres partidos, hoy en día disueltos por el Tribunal Supremo, no priva de ese derecho a quienes han sido afiliados suyos".

Sin embargo, sentencias posteriores, como la del pasado agosto en relación con la misma manifestación celebrada en San Sebastián, convirtieron una posición unánime de la Sala en voto particular (el del magistrado Manuel Díaz de Rábago), mientras que los otros dos jueces (Juan Carlos Da Silva y Roberto Sáiz) daban por bueno que el convocante -un ex edil abertzale- "está actuando en la práctica como mandatario de quien pretende ejercer el derecho de manifestación, que no es otro que el partido político" ilegalizado.

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Desde que Garzón suspendiese en agosto de 2002 las actividades de Batasuna, Interior siempre ha invocado, junto a otros argumentos, los autos del magistrado de la Audiencia Nacional para prohibir las marchas de Batasuna. Sin embargo, el Superior ha preferido recoger en sus fallos la ilegalización ordenada por el Supremo al amparo de la ley de Partidos. Balza avalaba sus prohibiciones con la letra de los autos de Garzón, mientras el Gobierno al que pertenecía llevaba al juez a los tribunales por supuesta prevaricación por limitar el derecho de manifestación. Balza ha intentado estos años gestionar con "legalidad e inteligencia" los "desafíos" de Batasuna en este frente, mientras el PP le sigue acusando de "relegalizar" a HB.

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