Condenado un notario de Sevilla por un fraude fiscal de más de 650.000 euros

Un notario de Sevilla ha sido condenado a nueve meses de prisión por defraudar 650.254 euros a la Hacienda Pública en sus declaraciones de la renta correspondientes a los ejercicios de 1996, 1997 y 1998. La sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla relata que el acusado M. J. G. O. omitió esa cantidad en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF) de los tres años citados, como procedentes de los ingresos derivados de su actividad profesional.

La sentencia le obliga a devolver esas cantidades a la Agencia Tributaria, además de imponerle tres ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Un notario de Sevilla ha sido condenado a nueve meses de prisión por defraudar 650.254 euros a la Hacienda Pública en sus declaraciones de la renta correspondientes a los ejercicios de 1996, 1997 y 1998. La sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla relata que el acusado M. J. G. O. omitió esa cantidad en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF) de los tres años citados, como procedentes de los ingresos derivados de su actividad profesional.

La sentencia le obliga a devolver esas cantidades a la Agencia Tributaria, además de imponerle tres multas de 59.249 euros, 49.357 euros y 53.956 euros, respectivamente.

En el juicio, el notario atribuyó sus diferencias con Hacienda a "la desastrosa gestión llevada a cabo en la notaría", pero el fallo considera que este hecho "en modo alguno puede exonerar o atenuar la responsabilidad, ni eliminar el dolo, sobre todo si tenemos en cuenta la profesión de notario que ejerce".

En todos los casos, el juez le aplica la atenuante "muy cualificada" de reparación del daño causado, pues el acusado llevó a cabo una regularización fiscal con la Hacienda Pública el 16 de marzo de 2001.

No obstante, dice la sentencia que el momento de presentar dicha regulación, cuando la Agencia Tributaria ya había iniciado una inspección, no permite eximir al procesado de responsabilidad penal, como pretendió su defensor en el procedimiento, aunque sí aplicar la atenuante de reparación del daño causado y disminuir la condena.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En