Absuelto de abusar de una niña por dudar los jueces de la veracidad de los hechos

El denunciado fue acusado de tocamientos a la hija de unos amigos

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de la hija menor de unos amigos, hechos por los que el fiscal pedía para él 27 años de cárcel, al apreciar "ciertas dudas en torno a la veracidad de los hechos" denunciados en el proceso. En la sentencia, la sección séptima de la Audiencia de Madrid explica que esas dudas "alcanzan un nivel de racionalidad suficiente para que, en aplicación del principio in dubio pro reo, hayan de ser interpretadas a favor del procesado, provocando la sentencia absolutoria".

El tribunal sólo cons...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de la hija menor de unos amigos, hechos por los que el fiscal pedía para él 27 años de cárcel, al apreciar "ciertas dudas en torno a la veracidad de los hechos" denunciados en el proceso. En la sentencia, la sección séptima de la Audiencia de Madrid explica que esas dudas "alcanzan un nivel de racionalidad suficiente para que, en aplicación del principio in dubio pro reo, hayan de ser interpretadas a favor del procesado, provocando la sentencia absolutoria".

El tribunal sólo considera probado que, entre 1995 y 1996, el acusado, J. D. S. C., mantuvo una relación de amistad con los padres de la niña, que entonces tenía siete años, y todos juntos acudían con frecuencia a dos bares de la localidad madrileña de Fuenlabrada. El acusado, prosigue el relato, "dispensó un trato afectivo a la menor, incluso le compró en algunas ocasiones chucherías o pequeños presentes", aunque "no consta, sin embargo, que mantuviera con la menor ningún tipo de contacto sexual".

"En fecha no determinada de 1996, por causas que exactamente no constan", indica la sentencia, la relación entre el acusado y los padres de la niña "se enfrío, dejando a partir de ese momento de alternar juntos", con lo que "cesó cualquier contacto" entre J. D. S. C. y la menor.

Tres años después, en junio de 1999, la pequeña contó al entonces novio de su hermana mayor que había sido objeto por parte del acusado de repetidos tocamientos y otros abusos sexuales en un garaje y en los lavabos de uno de los bares, lo que el joven puso en conocimiento de su novia y ésta a su vez se lo comunicó a sus padres, quienes en julio denunciaron los hechos.

Respuestas evasivas

Según la resolución, el relato de la menor en el juicio fue vago e impreciso y llegó incluso a dar respuestas evasivas, aunque sí explicó que no contó antes lo ocurrido porque el acusado la convenció de que no lo hiciera, asegurándole que sus padres estaban de acuerdo con él y si lo contaba la iban a regañar.

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Los padres manifestaron que durante el periodo en el que supuestamente se produjeron los abusos "no detectaron en la niña ningún comportamiento anómalo", aunque recordaron una serie de problemas que tuvo la pequeña en esa época -malos resultados escolares, infecciones y pesadillas- que ahora achacaban a los supuestos abusos.

Para el tribunal, los testimonios de los familiares han resultado creíbles, "sobre todo en cuanto que todos ellos están convencidos de la realidad de lo que la niña les relata", pero, matiza, que dichas personas no han aportado ningún dato objetivo que corrobore los hechos denunciados. Por ello los jueces consideran que el "relato está falto de verosimilitud en algunos aspectos" como "los relativos a las dolencias que vino sufriendo durante el espacio de tiempo en el que, supuestamente, se desarrolló el acometimiento o la incidencia que éste, y no otros factores, pudieron tener en el rendimiento escolar de la menor".

Además, "no parece razonable que un comportamiento como el que se atribuye al procesado se pueda realizar en lugares donde existe un alto riesgo de ser descubierto, como es un garaje (...) que es frecuentado por una gran cantidad de usuarios".

Tampoco "se pueden obviar las imprecisiones de la menor sobre aspectos relevantes y el tiempo que transcurrió desde que el denunciado abuso concluyó hasta que el mes de junio de 1999 la menor habla por primera vez de él", tiempo durante el que además "nadie ni siquiera sospechó" de que hubiera ocurrido algo semejante, sostienen los magistrados que han dictado el fallo.

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