Un juzgado culpa a otro trabajador del accidente laboral que sufrió

El Juzgado de lo Penal 2 de Sevilla ha absuelto a la empresa Algodonera de Lebrija de un accidente que afectó a una mano del obrero que limpiaba la máquina. Según el fallo, el empleado actuó "por su cuenta y riesgo", pues nadie le había ordenado la tarea, que se hacía siempre con ayuda de un palo. La sentencia es similar a la que retiró en noviembre del pasado año la indemnización a un albañil que quedó tetrapléjico tras caerse de un andamio.

En el texto se relata que el accidente ocurrió el 1 de octubre de 1999, cuando el obrero F. T. G., auxiliar de mantenimiento, intentó arreglar una...

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El Juzgado de lo Penal 2 de Sevilla ha absuelto a la empresa Algodonera de Lebrija de un accidente que afectó a una mano del obrero que limpiaba la máquina. Según el fallo, el empleado actuó "por su cuenta y riesgo", pues nadie le había ordenado la tarea, que se hacía siempre con ayuda de un palo. La sentencia es similar a la que retiró en noviembre del pasado año la indemnización a un albañil que quedó tetrapléjico tras caerse de un andamio.

En el texto se relata que el accidente ocurrió el 1 de octubre de 1999, cuando el obrero F. T. G., auxiliar de mantenimiento, intentó arreglar una obstrucción de la máquina limpiafibras de algodón. "Sin que nadie le dijera nada, se subió a una pletina y desde allí trató de desatascarla con la mano", afirma el juez. La mano y el brazo del obrero quedaron atrapados y sufrieron unas lesiones de las que tardó en curar 183 días, 52 de ellos hospitalizado para ser sometido a intervenciones quirúrgicas. El trabajador sufre un bloqueo y "ostensible deformidad" de la muñeca, así como pérdida de fuerza.

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La sentencia recoge que tal tarea de limpieza debía realizarla siempre el encargado de mantenimiento, que lo hacía con un palo. La empresa había advertido a los trabajadores del riesgo de realizar la tarea con la máquina en funcionamiento. La máquina "estaba cerrada, con excepción de los rodillos situados a tres metros de altura". Además, en la fábrica existía "señalización visible de los riesgos de operar directamente estando en funcionamiento los rodillos".

La sentencia, por tanto, absuelve al gerente de la empresa, para quien la acusación había pedido tres meses de cárcel, 15 fines de semana de arresto y el pago al empleado de una indemnización de 162.074 euros por delitos contra los derechos de los trabajadores y lesiones.

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