Un juez dictamina que "reírse" de la propia madre "no es vejatorio"

La Audiencia de Barcelona considera que reírse y burlarse de la propia madre no es un hecho "vejatorio" que merezca una condena penal. Así lo ha señalado la Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona en una sentencia en la que absuelve de una falta de vejaciones a un hombre acusado de reírse de su madre durante una riña familiar. Los hechos enjuiciados ocurrieron en el domicilio familiar durante una riña del acusado con su madre, cuando en un momento dado de la discusión el acusado le dijo a ésta: "Sí, sí, vete a la policía, que allí se van a reír de ti". Según el tribunal, la expresión demue...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Audiencia de Barcelona considera que reírse y burlarse de la propia madre no es un hecho "vejatorio" que merezca una condena penal. Así lo ha señalado la Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona en una sentencia en la que absuelve de una falta de vejaciones a un hombre acusado de reírse de su madre durante una riña familiar. Los hechos enjuiciados ocurrieron en el domicilio familiar durante una riña del acusado con su madre, cuando en un momento dado de la discusión el acusado le dijo a ésta: "Sí, sí, vete a la policía, que allí se van a reír de ti". Según el tribunal, la expresión demuestra "un trato escasamente deferente hacia su madre" pero añade que "no puede considerarse vejatoria o humillante", puesto que se considera "socialmente aceptado".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En