Análisis:Inversión | CONSULTORIO

Titulización del déficit

El 3 de octubre de 2003 se publicó la orden que permite a las compañías eléctricas a ceder y/o titulizar los derechos de compensación del déficit de ingresos entre los años 2000 y 2002, por un importe de 1.522 millones de euros. Durante tales años, el aumento de precios en el pool tuvo como consecuencia que los ingresos recaudados a través de la tarifa eléctrica no alcanzasen a sufragar los costes reconocidos a las empresas.

El Ministerio de Economía arbitró un sistema de compensación por el cual la actividad de generación debía contribuir a la cobertura del déficit existente, en...

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El 3 de octubre de 2003 se publicó la orden que permite a las compañías eléctricas a ceder y/o titulizar los derechos de compensación del déficit de ingresos entre los años 2000 y 2002, por un importe de 1.522 millones de euros. Durante tales años, el aumento de precios en el pool tuvo como consecuencia que los ingresos recaudados a través de la tarifa eléctrica no alcanzasen a sufragar los costes reconocidos a las empresas.

El Ministerio de Economía arbitró un sistema de compensación por el cual la actividad de generación debía contribuir a la cobertura del déficit existente, en función de su participación en el mercado mayorista y su cuota en el cobro de CTC. Implícitamente, la fórmula de compensación reconocía la escasa credibilidad del pool como mecanismo de fijación de precios competitivo. Si el pool funcionase en competencia y la subida de precios hubiese respondido a un aumento de los costes, no tendría justificación obligar al pago a los generadores para compensar los costes reconocidos a los agentes regulados del sistema.

Las críticas de las empresas ante la obligación de financiar el déficit han dado lugar al reconocimiento por parte del regulador del derecho de compensación por la contribución realizada para financiar el déficit. La recuperación de este derecho se realizará linealmente hasta 2010, destinando a este fin en torno a un 1,5% de los ingresos recaudados.

La operación ha tenido una favorable acogida. BBVA, SCH, Caja Madrid y Merrill Lynch se han adjudicado la compra en firme de los derechos. Las garantías que ofrece la operación para las entidades financieras y la posibilidad que proporciona a las compañías para anticipar tesorería y reducir riesgo regulatorio permite calificar positivamente la operación para todos los agentes. Pero sigue sin solución el origen del problema, esto es, la posible aparición de déficit en los ingresos del sector eléctrico. El mecanismo de compensación a posteriori es un parche que no garantiza el equilibrio entre los ingresos y los costes de las actividades eléctricas.

María Jesús Lago y Arturo Rojas son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas.

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