El Supremo exime al Estado de indemnizar a la familia de Mar Herrero

El asesino de la joven estaba en libertad condicional cuando cometió el crimen

El Tribunal Supremo anuló ayer la responsabilidad civil del Estado en el asesinato de la joven Mar Herrero, de 23 años, cometido por su ex novio cuando se encontraba en libertad condicional por un delito de asesinato frustrado. En su fallo, el Alto Tribunal también rebaja en seis meses la condena al inculpado, Luis Patricio Andrés, al absolverle de un delito de detención ilegal. Andrés deberá cumplir, tras la revisión de su sentencia, una pena de 23 años y seis meses de prisión.

La Sala de lo Penal del Supremo considera que el delito fue consecuencia de la libre decisión del imputado, "...

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El Tribunal Supremo anuló ayer la responsabilidad civil del Estado en el asesinato de la joven Mar Herrero, de 23 años, cometido por su ex novio cuando se encontraba en libertad condicional por un delito de asesinato frustrado. En su fallo, el Alto Tribunal también rebaja en seis meses la condena al inculpado, Luis Patricio Andrés, al absolverle de un delito de detención ilegal. Andrés deberá cumplir, tras la revisión de su sentencia, una pena de 23 años y seis meses de prisión.

La Sala de lo Penal del Supremo considera que el delito fue consecuencia de la libre decisión del imputado, "que no actuaba por cuenta y orden del Estado, ni desarrollaba una actividad pública o social patrocinada o tutelada por aquél". Por lo tanto, anula un fallo anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que decretó en marzo de 2002 que el Estado debía responder subsidiariamente por el delito. La indemnización está fijada en 180.303 euros, que Luis Patricio Andrés deberá pagar a los padres de Mar Herrero.

Aunque la sentencia dictamina que el Estado no debe resarcir a la familia, deja abierta una puerta a esta posibilidad: "Es evidente que los aspectos necesarios para responsabilizar al Estado sólo pueden ser objeto de un proceso ad hoc, sin que quepa dilucidarlos en el proceso penal".

La sentencia considera probado que, en marzo de 1999, Luis Patricio Andrés entabló una relación sentimental con Mar Herrero y que ésta decidió poner fin a la misma en el verano de ese mismo año. Sin embargo, el acusado no aceptó esta circunstancia y, utilizando a terceras personas y adoptando él mismo la identidad de otras, citó a la joven en la plaza de Castilla con la excusa de realizar un trabajo como maquilladora.

Herrero, vecina de Alcobendas, acudió a la cita, donde el imputado la estaba esperando en una furgoneta que había alquilado el día anterior para llevar a cabo su propósito. El hombre conminó a la chica, a punta de navaja, a subir al vehículo, en el que la trasladó hasta el distrito de San Blas y en cuyo interior la "apuñaló y asfixió" hasta que logró su muerte.

La resolución judicial considera que en los hechos se dieron las agravantes de "alevosía y ensañamiento", por lo que el delito de detención ilegal "queda absorbido" por estas

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