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'Estar quemado'

Dentro de las patologías vinculadas a la actividad laboral ha cobrado relevancia el denominado burn out o síndrome de estar quemado. Es un tipo muy característico de estrés laboral que se da en aquellas profesiones en las que los trabajadores deben realizar su actividad en contacto con otras personas. De ahí que se diagnostique con mayor frecuencia en sectores como la educación o la sanidad.

El burn out es una situación que surge cuando el trabajador ve defraudadas las expectativas que tenía con respecto a su trabajo y se encuentra imposibilitado para controlar o mo...

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Dentro de las patologías vinculadas a la actividad laboral ha cobrado relevancia el denominado burn out o síndrome de estar quemado. Es un tipo muy característico de estrés laboral que se da en aquellas profesiones en las que los trabajadores deben realizar su actividad en contacto con otras personas. De ahí que se diagnostique con mayor frecuencia en sectores como la educación o la sanidad.

El burn out es una situación que surge cuando el trabajador ve defraudadas las expectativas que tenía con respecto a su trabajo y se encuentra imposibilitado para controlar o modificar su situación laboral, o para poner en práctica sus ideas respecto a cómo debe ser realizada la actividad. Se trata principalmente de personas muy perfeccionistas y con un alto nivel de autoexigencia personal. Se produce en estos casos un fuerte deterioro psíquico y físico, acompañado de un cambio de las actitudes y conductas con respecto al trabajo.

La jurisprudencia se ha visto obligada a enfrentarse a estas nuevas patologías y tratar de dilucidar si pueden o no calificarse como enfermedades derivadas del trabajo. La falta de referencias legales no ha impedido a los tribunales considerarlas como accidentes de trabajo, de acuerdo con la interpretación que la jurisprudencia realiza de este concepto.

Así, una reciente sentencia de un juzgado de Barcelona ha calificado este síndrome como accidente de trabajo por tener su causa en exclusiva en la actividad que la trabajadora desarrollaba como profesora. Y ello porque, aunque no es normal ni habitual que una depresión se etiquete como accidente de trabajo, no existe ningún impedimento para determinar que una situación depresiva tenga su origen en una situación laboral específica, cuando se acredite la naturaleza del padecimiento y su conexión directa y exclusiva con la prestación laboral.

No es, sin embargo, la primera decisión judicial que se manifiesta en este sentido, sino que otras sentencias anteriores se habían manifestado en idéntica opinión. No obstante, existen ya voces que se han alzado pidiendo la modificación del cerrado cuadro de enfermedades profesionales, para incluir estas nuevas patologías de carácter psicosocial.

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