Una reforma que carece de precedentes en el Reino Unido, en Francia y en Italia

La creación de juzgados centrales de vigilancia penitenciaria para determinados presos penados que se proyecta en España es una reforma desconocida en el Reino Unido y sin precedentes en Europa, concretamente en Francia e Italia, de sistemas judiciales continentales más parecidos al nuestro.

En el Reino Unido, la reinserción de los presos, así como la aplicación de la excarcelación y de sus límites, está supervisada por 42 oficinas regionales, informa Lourdes Gómez desde Londres. Además, la Ley de Justicia Criminal estableció una junta de libertad condicional -integrada por un ju...

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La creación de juzgados centrales de vigilancia penitenciaria para determinados presos penados que se proyecta en España es una reforma desconocida en el Reino Unido y sin precedentes en Europa, concretamente en Francia e Italia, de sistemas judiciales continentales más parecidos al nuestro.

En el Reino Unido, la reinserción de los presos, así como la aplicación de la excarcelación y de sus límites, está supervisada por 42 oficinas regionales, informa Lourdes Gómez desde Londres. Además, la Ley de Justicia Criminal estableció una junta de libertad condicional -integrada por un juez, un psiquiatra y otros expertos en la supervisión de reclusos- ubicada en Londres y en los comités locales.

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Existe, además, con sede en Londres, el Ombudsman de prisiones [similar al Defensor del Pueblo español, pero con funciones limitadas a los presos], que investiga las quejas de los reclusos de Inglaterra y Gales, una vez agotados los canales internos de cada prisión. Únicamente las decisiones de la junta de libertad condicional quedan excluidas de las competencias del Ombudsman de prisiones.

En Francia, los Jueces de Aplicación de Penas [equivalentes a los jueces españoles de vigilancia penitenciaria] mantienen una organización descentralizada. A partir de 2001, en aplicación de la Ley de Presunción de Inocencia, se estableció la posibilidad de recurrir sus resoluciones -hasta entonces irrecurribles- ante los Tribunales de Apelación, informa desde París Joaquín Prieto.

La misma ley que recortó, en favor de los derechos de los reclusos, los poderes a los 180 jueces de Aplicación de Penas -encargados de controlar a unos 35.000 condenados y a unos 100.000 presos en libertad condicional o sometidos a algún tipo de control judicial-, les cargó de "trabajo administrativo". Esos jueces visitan periódicamente las prisiones, presiden las comisiones de aplicación de penas, atienden las quejas de los presos y realizan un seguimiento individualizado.

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En Italia no existen diversos tipos de jueces de Vigilancia Penitenciaria, informa desde Roma Sergio Mora. Tales jueces dependen del Tribunale di Sorveglianza (Tribunal de Supervisión de la Vigilancia) y, de forma descentralizada, deciden sobre disminuciones de pena, permisos y libertad condicional, entre otras medidas.

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