La Audiencia de Madrid remite a la Nacional el fraude de las gasolineras

El auto aduce la trascendencia económica y el gran número de afectados por la estafa

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha declarado que el órgano competente para juzgar el fraude de las gasolineras es la Audiencia Nacional, tal y como solicitaron la mayor parte de las defensas de los 39 imputados en esta causa, a los que se acusa de estafar cerca de 33 millones de euros (5.500 millones de pesetas) a los consumidores mediante la manipulación de surtidores. En su auto la Audiencia de Madrid ha resuelto de forma contraria a las estimaciones del fiscal, la Abogacía del Estado y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que fue la que sacó a la luz la ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha declarado que el órgano competente para juzgar el fraude de las gasolineras es la Audiencia Nacional, tal y como solicitaron la mayor parte de las defensas de los 39 imputados en esta causa, a los que se acusa de estafar cerca de 33 millones de euros (5.500 millones de pesetas) a los consumidores mediante la manipulación de surtidores. En su auto la Audiencia de Madrid ha resuelto de forma contraria a las estimaciones del fiscal, la Abogacía del Estado y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que fue la que sacó a la luz la presunta estafa, y estima la declinatoria de jurisdicción presentada por las defensas amparándose en el artículo 65.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dicho precepto establece que la Audiencia Nacional 'conocerá de las defraudaciones o maquinaciones para alterar el precio de las cosas que produzcan o puedan producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia'.

La Sala, que integran los magistrados Juan Pelayo, María Pilar Abad y Belén Verdyguer, justifica su decisión en que los hechos acaecieron en varias provincias (Madrid, Toledo y Albacete) lo que motivó que, en su día, también el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha incoara diligencias, aunque finalmente se inhibió en favor del Juzgado de Instrucción número 45 de Madrid, que ya investigaba las denuncias.

Perjuicios a un colectivo

Añaden que en el presente caso 'se produjeron perjuicios a un colectivo amplio e indeterminado' y que han sido más de 10 los perjudicados 'ya que como tales, no sólo hay que considerar a quienes se han constituido como parte procesal, sino también a quienes han formulado denuncia'. 'Y si el perjuicio a una generalidad de personas es indudable, otro tanto cabe decir respecto a la trascendencia económica', agrega el auto.

Su decisión se justifica también en la acusación del fiscal, que pide ocho años de cárcel para los acusados por cometer un delito de 'estafa-masa', tipo penal que compete enjuiciar a la Audiencia Nacional. Explica que si fue un juzgado ordinario de Madrid el que instruyó la causa, a pesar de su complejidad, se debe a que uno los delitos que se imputaba a los acusados era el denominado 'contra el mercado y los consumidores', que no compete a la Audiencia Nacional. Esa instrucción se declara además válida y no debe ser repetida.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

La fiscalía solicitó en su calificación provisional un total de 261 años de prisión para los 39 acusados del fraude: 18 responsables de gasolineras y 21 encargados del mantenimiento.

Archivado En