Un juez condena a una empresa a pagar los salarios de tramitación

Un juez de Málaga ha condenado a una empresa a pagar los salarios de tramitación a pesar de que este derecho quedó eliminado en junio pasado con la entrada en vigor del decretazo. El fallo del juzgado de lo social número 2 -que se refiere a un caso posterior a esa disposición- no justifica las razones por las que deben abonarse, sino que simplemente ordena su pago, según informó CC OO. Los salarios de tramitación son los que se devengan desde que un trabajador interpone una demanda y se dicta el fallo. Su supresión fue uno de los recortes sociales más significativos del decretazo...

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Un juez de Málaga ha condenado a una empresa a pagar los salarios de tramitación a pesar de que este derecho quedó eliminado en junio pasado con la entrada en vigor del decretazo. El fallo del juzgado de lo social número 2 -que se refiere a un caso posterior a esa disposición- no justifica las razones por las que deben abonarse, sino que simplemente ordena su pago, según informó CC OO. Los salarios de tramitación son los que se devengan desde que un trabajador interpone una demanda y se dicta el fallo. Su supresión fue uno de los recortes sociales más significativos del decretazo.

La sentencia condena además a la Clínica Pascual a readmitir a la demandante o a abonarle una indemnización. Otro fallo del juzgado número 9 contra la misma empresa también le impone el pago de los salarios de tramitación, solo que en este caso el magistrado justifica su decisión en que cuando se produjo la demanda aún no estaba en vigor el decretazo. Ambas sentencias se refieren a los despidos de dos trabajadoras contratadas bajo distintas modalidades desde 1999. Los fallos consideran que las mujeres fueron contratadas primero por obras y servicios y con posterioridad, en prácticas, 'como si fueran nuevas en su vida laboral'. Ambos juzgados entienden que se produjo un fraude en la contratación y que cuando finalizaron sus contratos en realidad hubo un despido porque eran fijas.

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