La Audiencia rechaza que el Estado pague por el secuestro de Cordón

La familia del empresario desaparecido exigía 22 millones de euros a Interior

La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que rechaza la responsabilidad patrimonial del Estado en el secuestro y posterior desaparición del empresario zaragozano Publio Cordón, hechos ocurridos en junio de 1995. La familia de Cordón presentó una demanda contra el Ministerio del Interior en la que reclamaba una indemnización de 22, 586 millones de euros (3.758 millones de pesetas). La familia sostiene que existe 'un nexo causal' entre la fuga de la extinta cárcel de Granada, el 31 de marzo de 1992, del miembro de los GRAPO Fernando Silva Sande y el posterior secuestro de Cordón. Sil...

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La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que rechaza la responsabilidad patrimonial del Estado en el secuestro y posterior desaparición del empresario zaragozano Publio Cordón, hechos ocurridos en junio de 1995. La familia de Cordón presentó una demanda contra el Ministerio del Interior en la que reclamaba una indemnización de 22, 586 millones de euros (3.758 millones de pesetas). La familia sostiene que existe 'un nexo causal' entre la fuga de la extinta cárcel de Granada, el 31 de marzo de 1992, del miembro de los GRAPO Fernando Silva Sande y el posterior secuestro de Cordón. Silva Sande intervino activamente en el secuestro del empresario aragonés y fue la última persona que, según esa banda, estuvo con él antes de ser liberado.

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En su demanda, la familia se queja también de que Interior actuó con precipitación en la operación policial que desarrolló el 3 de noviembre de 1995 para localizar al empresario. 'La operación fue apresurada y abortó un mejor seguimiento de los terroristas que pudieran haber facilitado su localización', indica la familia.

La esposa del empresario exigió 22,5 millones de euros al Estado, en concepto de responsabilidad patrimonial, al entender que concurrió 'un anormal funcimionamiento' de la Administración del Estado, lo cual favoreció el secuestro de Publio Cordón.

'Nexo causal'

La Sección Octava de lo Contencioso de la Audiencia Nacional considera que no existe nexo causal en los hechos. Asegura que la fuga de Silva Sande 'ocurrió en 1992, años antes del secuestro', e indica que la familia 'olvida que la existencia de una organización de esa naturaleza (los GRAPO), antes y después de la huida, avala que el plan criminal y su ulterior ejecución' pudo haberse producido 'al margen' de la fuga del citado terrorista. Asimismo, considera 'atrevido' el argumento de que la citada operación policial propició la 'ilocalización' del secuestrado, 'del que desagraciadamente nada se sabe aún a ciencia cierta', explica el tribunal en su sentencia.

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Los jueces señalan que los argumentos en que la familia funda su petición de responsabilidad patrimonial contra el Estado están basados en 'hipótesis y especulaciones', puesto que ni siquiera cabe 'descartar' que el empresario hubiese desaparecido antes incluso del citado 'operativo de las fuerzas de seguridad'.

En relación con este secuestro fueron condenados en 1998 tres miembros de los GRAPO. Este grupo terrorista ha admitido estar detrás del secuestro de Cordón, aunque aseguró que el empresario fue liberado en Barcelona, de la mano de Silva Sande, después de que la familia pagase en París un rescate de 400 millones de pesetas. Cordón, presidente de la aseguradora Previasa, fue secuestrado en 1995 en las inmediaciones de su domicilio de Zaragoza, mientras hacía footing. Tres miembros de los GRAPO lo subieron a una furgoneta a punta de pistola y se lo llevaron. Desde entonces, nada más se ha sabido del empresario.

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