Multa a Levantina de Seguridad por defraudar a la seguridad social

Levantina de Seguridad, S.L., dedicada a la vigilancia y seguridad privada, deberá pagar una multa de 30.005,06 euros (500.000 pesetas) por infracción administrativa grave. Así lo ha decidido el tribunal de la sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) al desestimar el recurso elevado por Levantina de Seguridad S.L. contra la multa que en noviembre de 1996 le impuso la Inspección de Trabajo.

Según consta en el fallo del TSJ, Levantina de Seguridad S.L. abonó a los empleados entre 1991 y 1996 un plus que justificaba como mantenimie...

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Levantina de Seguridad, S.L., dedicada a la vigilancia y seguridad privada, deberá pagar una multa de 30.005,06 euros (500.000 pesetas) por infracción administrativa grave. Así lo ha decidido el tribunal de la sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) al desestimar el recurso elevado por Levantina de Seguridad S.L. contra la multa que en noviembre de 1996 le impuso la Inspección de Trabajo.

Según consta en el fallo del TSJ, Levantina de Seguridad S.L. abonó a los empleados entre 1991 y 1996 un plus que justificaba como mantenimiento de vestuario excluido de cotización al Régimen General de la Seguridad Social y que en conjunto alcanzó los 97.727,29 euros (16.260.453 pesetas). Entiende el tribunal que ese plus no correspondía al concepto que la empresa de seguridad privada argumentó dado que se abonaba tanto al personal uniformado como al que no iba uniformado y porque se incluía en las pagas extraordinarias y en el salario del mes de vacaciones. Los abonos mensuales, de entre 37,86 euros y 80,80 euros por vigilante y guardia (un total de 153) de seguridad son consideradas por el tribunal como irregulares. Por ello, el TSJ ha desestimado el recurso presentado por la compañía y ha ratificado la sanción.

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