Información oficial del 20-J
El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto 527/2002 para declarar los siguientes servicios esenciales en las televisiones públicas y privadas:
- La emisión, dentro de los horarios y canales habituales de difusión, de una programación grabada.
- La producción y emisión de la normal programación informativa.
- La programación y difusión de las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público a que se refiere el artículo 22 de la Ley 4/1980 de 10 de enero del Estatuto de la Radio y la Televisión: 'El Gobierno podrá hacer que se programen y di...
El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto 527/2002 para declarar los siguientes servicios esenciales en las televisiones públicas y privadas:
- La emisión, dentro de los horarios y canales habituales de difusión, de una programación grabada.
- La producción y emisión de la normal programación informativa.
- La programación y difusión de las declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público a que se refiere el artículo 22 de la Ley 4/1980 de 10 de enero del Estatuto de la Radio y la Televisión: 'El Gobierno podrá hacer que se programen y difundan cuantas declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público estime necesarias, con indicación de su origen. Por razones de urgencia, apreciadas por el propio Gobierno, estos comunicados y declaraciones tendrán efecto inmediato'.
- La preparación de la producción para la emisión de la programación informativa referida a las reuniones del Consejo Europeo que se celebrarán en la ciudad de Sevilla mañana y el sabado.