El PP diseña un Consejo del Poder Judicial presidencialista con juristas del sector privado

Propone suprimir el control parlamentario y los informes sobre normas de derechos humanos

El PP, con la ayuda de magistrados y juristas conservadores, prepara desde hace meses una reforma de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial para cambiar el carácter colegiado del actual Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por el predominio del poder del presidente y de la comisión permanente, integrada por seis miembros, mientras que los 15 vocales restantes podrán ejercer su cargo de modo compatible con sus respectivas profesiones, incluso en el sector privado. El actual control parlamentario del CGPJ quedaría sustituido por la posibilidad de pedirle informes y la competencia vigent...

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El PP, con la ayuda de magistrados y juristas conservadores, prepara desde hace meses una reforma de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial para cambiar el carácter colegiado del actual Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por el predominio del poder del presidente y de la comisión permanente, integrada por seis miembros, mientras que los 15 vocales restantes podrán ejercer su cargo de modo compatible con sus respectivas profesiones, incluso en el sector privado. El actual control parlamentario del CGPJ quedaría sustituido por la posibilidad de pedirle informes y la competencia vigente para informar normas sobre la tutela de derechos fundamentales quedaría suprimida.

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El documento, de 199 folios en su versión de 9 de mayo último -sujeta todavía a modificaciones y textos alternativos-, ha sido elaborado con aportaciones, entre otros juristas conservadores, de Ángel Rodríguez, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo; Santiago Martínez-Vares, ex presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM); Carlos Lesmes, director general de Relaciones con la Administración de Justicia, y Enrique Arnaldo, letrado de las Cortes y ex vocal del CGPJ propuesto por el PP.

El texto incorpora el sistema de elección de los vocales del CGPJ utilizado para integrar el actual, pero modifica de forma sustancial el funcionamiento y atribuciones del órgano de gobierno de los jueces y el estatuto de sus miembros.

Así, el Servicio de Inspección y la Secretaría General, hasta ahora dependientes del CGPJ, pasarían a depender de su presidente, quien además acapararía la Escuela Judicial y el Centro de Documentación Judicial. Particular importancia reviste la función inspectora, configurada actualmente como medio 'para la comprobación y control del funcionamiento de la Administración de Justicia' por parte del CGPJ.

Mientras que ahora tanto el presidente del CGPJ como los vocales pueden realizar visitas de información a los juzgados y tribunales y tanto el presidente como el CGPJ pueden ordenar al Servicio de Inspección que realice inspecciones o recabe información 'sobre el funcionamiento y el cumplimiento de los deberes del personal judicial', la función inspectora se pretende trasvasarla al presidente, pero ni siquiera al presidente del CGPJ, sino al del Supremo, que es la misma persona, pero con atribuciones diferentes.

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Presidente inspector

El artículo 179 del borrador de la futura ley dice taxativamente: 'El presidente del Tribunal Supremo ejerce la inspección y vigilancia sobre todos los juzgados y tribunales'. Y aunque 'en el ejercicio de esa función estará asistido por el Servicio de Inspección' [del CGPJ], el cambio de situación y la acumulación de poder es evidente.

El estatuto de los miembros del Consejo General del Poder Judicial se modificaría también sustancialmente. Además del presidente, sólo los otros cinco miembros de la comisión permanente -que asumiría las funciones de las actuales comisiones disciplinaria y de calificación- ejercerían con dedicación absoluta durante el año que les correspondiera esa tarea.

Los 15 vocales restantes compatibilizarían su deber de asistencia a los plenos del CGPJ con sus funciones como juez o magistrado, fiscal o funcionario 'y con el desempeño de actividades de carácter profesional', de modo que los que sean abogados deberían abandonar su despacho por unas horas para asistir a un pleno del CGPJ en el que, por ejemplo, se decidiría el nombramiento de un magistrado del Supremo.

La vigente ley prevé que además de la elevación anual de la Memoria a las Cortes Generales, éstas podrán, entre otras medidas, formular 'mociones, preguntas de obligada contestación por parte del Consejo', así como reclamar 'la comparecencia' de su presidente. Todo esto se pretende suprimir, de modo que las Cortes Generales sólo 'podrán debatir el contenido de la Memoria e interesar del CGPJ los informes complementarios que estime necesarios'.

También se pretende suprimir que el CGPJ informe sobre anteproyectos de ley 'que afecten a aspectos jurídico-constitucionales de la tutela ante los tribunales ordinarios del ejercicio de derechos fundamentales', como ocurre ahora. El CGPJ limitaría sus informes a las normas procesales o relacionadas con la plantilla o estatuto judicial y fiscal, pero nunca con la tutela judicial de los derechos humanos.

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