El Gobierno endurece las normas de uso de motos acuáticas

La nueva normativa de utilización de las motos acuáticas aprobada hace dos semanas por el Consejo de Ministros, más severa que la anterior, ha sido recibida con satisfacción por los responsables de la seguridad en las playas. El capitán marítimo de Málaga, Francisco Hoya, señaló que los nuevos preceptos 'permitirán que esta actividad se desarrolle con mayores garantías'.

El decreto renueva el régimen de utilización de estas motos para hacer compatible el incremento de su uso con fines de salvamento, deportivo y ocio con una mayor seguridad para los usuarios. Así, a partir de ahora se ex...

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La nueva normativa de utilización de las motos acuáticas aprobada hace dos semanas por el Consejo de Ministros, más severa que la anterior, ha sido recibida con satisfacción por los responsables de la seguridad en las playas. El capitán marítimo de Málaga, Francisco Hoya, señaló que los nuevos preceptos 'permitirán que esta actividad se desarrolle con mayores garantías'.

El decreto renueva el régimen de utilización de estas motos para hacer compatible el incremento de su uso con fines de salvamento, deportivo y ocio con una mayor seguridad para los usuarios. Así, a partir de ahora se exigirá una titulación a las personas que pretendan el uso particular de las motos náuticas o su alquiler por días: Patrón de moto náutica clase A para potencias superiores a 110 caballos, patrón de clase B para potencias superiores a 55 caballos y patrón de clase C para potencias inferiores a 55 caballos.

La nueva normativa establece también en 18 años la edad mínima para conducir habitualmente motos acuáticas, o 16 si se cuenta con autorización paterna. Para el alquiler por horas no se requiere titulación previa, pero sí realizarla en un circuito cerrado que deberá poseer la empresa de alquiler, que además deberá estar autorizada por la Capitanía Marítima.

Asimismo, se exige a estas empresas la dotación mínima de dos monitores titulados; la obligatoriedad de impartir clases teóricas a los arrendatarios antes de permitir su manejo; la observancia de las normas mínimas de seguridad por parte de los usuarios y el respeto a las zonas de baño y navegación.

Desde ahora queda prohibida la navegación en las zonas de baño balizadas o en una franja de 200 metros de anchura desde la costa cuando no exista balizamiento para limitar las zonas reservadas al baño, y para acceder desde la playa a las zonas de navegación las motos deberán utilizar los canales balizados al efecto, navegando a una velocidad inferior a tres nudos.

Prevenir accidentes

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El pasado verano se produjeron varios accidentes con motos acuáticas en el litoral español, uno de ellos en Marbella, en el que murió un joven de 21 años y resultó herida grave otra chica de 20. Tras este accidente, el Ministerio de Fomento, la Guardia Civil y las policías locales de los municipios costeros intensificaron las inspecciones en las empresas de alquiler de motos acuáticas. Este año se pretende 'seguir en la misma línea' para comprobar el cumplimiento de la normativa, señaló Hoya.

El censo de motos náuticas matriculadas en España a 31 de diciembre de 2001 asciende a 15.864 unidades. En Andalucía, Málaga, que concentra la tercera parte de todas las embarcaciones de recreo matriculadas en la comunidad, cuenta con 1.261 motos acuáticas, de las cuales 1.010 son particulares y 351 pertenecen a empresas de alquiler.

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