La fiscalía recurre ante el Supremo la absolución de cinco 'narcos'

La fiscalía de Madrid ha decidido recurrir en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia de Madrid que absolvió a cinco narcotraficantes al entender que el juez instructor no había fundamentado suficientemente los autos de intervención telefónica que destaparon el delito. La fiscalía discrepa de la Audiencia y considera que el juez que autorizó las escuchas actuó de acuerdo con la jurisprudencia establecida en este sentido por el Tribunal Constitucional y el Supremo.

La Audiencia absolvió a los cinco narcos, detenidos en 1997 en Madrid con 20 kilos de cocaína,...

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La fiscalía de Madrid ha decidido recurrir en casación ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia de Madrid que absolvió a cinco narcotraficantes al entender que el juez instructor no había fundamentado suficientemente los autos de intervención telefónica que destaparon el delito. La fiscalía discrepa de la Audiencia y considera que el juez que autorizó las escuchas actuó de acuerdo con la jurisprudencia establecida en este sentido por el Tribunal Constitucional y el Supremo.

La Audiencia absolvió a los cinco narcos, detenidos en 1997 en Madrid con 20 kilos de cocaína, pese a que en la propia sentencia reconocía que su decisión 'podía resultar escandalosa'. No obstante, dos de los tres jueces de la Sección 17 absolvieron a los acusados tras apostar por la legalidad y para que 'de una vez por todas', se indicaba en la sentencia, los jueces instructores exijan las garantías necesarias y no acuerden una escucha basándose en un mero atestado policial.

La fiscalía discrepa de esta interpretación y afirma que la Audiencia 'ha infringido un precepto constitucional' al declarar nulo 'sin causa que lo justificase' el material probatorio que existía en el juicio contra los cinco narcos absueltos. También considera 'injustificado' la fiscalía que el tribunal se negase 'a oír' en el juicio las cintas grabadas a los acusados durante los pinchazos telefónicos acordados por el juez. El tribunal rechazó oír las cintas porque ninguna de las partes lo había solicitado en el momento procesal oportuno.

Según una nota remitida por la fiscalía a este periódico, los autos judiciales acordando las escuchas dictados por el Juzgado de Instrucción 22 de Madrid 'cumplían todos los requisitos de motivación exigibles para ser utilizados en el juicio, y son conformes' a la jurisprudencia del 'Tribunal Constitucional y el Supremo'.

En su nota, la fiscalía de Madrid, que dirige Mariano Fernández Bermejo, 'muestra su desagradable sorpresa por los duros términos que la sentencia utiliza al referirse a la actuación del juez instructor'.

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