Los derechos del menor son prioritarios
'Las cuestiones relativas a la adopción superan el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma Vasca. Por tanto, no sería posible que ningún Gobierno vasco impulsara ninguna ley en ese sentido, porque el Parlamento no sería competente para legislar en una materia que afecta a la normativa básica del Estado y exigiría modificaciones profundas en el Código Civil.
En todo caso, no debemos olvidar que la adopción no debe tener como finalidad principal la satisfacción de las parejas o de los matrimonios, sea cual sea su orientación sexual. La adopción debe ser concebida como un instrumento ...
'Las cuestiones relativas a la adopción superan el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma Vasca. Por tanto, no sería posible que ningún Gobierno vasco impulsara ninguna ley en ese sentido, porque el Parlamento no sería competente para legislar en una materia que afecta a la normativa básica del Estado y exigiría modificaciones profundas en el Código Civil.
En todo caso, no debemos olvidar que la adopción no debe tener como finalidad principal la satisfacción de las parejas o de los matrimonios, sea cual sea su orientación sexual. La adopción debe ser concebida como un instrumento jurídico al servicio de la protección y de la tutela del menor. La prioridad debe ser siempre la defensa de los derechos y los intereses del menor'.