Comienza la campaña del IRPF para los contribuyentes no obligados a declarar

La Agencia Tributaria abre hoy el plazo de la campaña de renta sobre los ingresos obtenidos en 2000 para las personas no obligadas a declarar el IRPF. Hasta el próximo 17 de abril unos tres millones de contribuyentes, sobre un total de 16 millones, podrán solicitar la devolución rápida y ésta les será efectuada durante los meses de marzo y abril. A los que ya se acogieron a este sistema el pasado año (2,8 millones), Hacienda les ha enviado una carta con sus datos y únicamente deberán responder si son correctos. La actual campaña se desarrollará de la siguiente manera:

- Procedimiento. ...

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La Agencia Tributaria abre hoy el plazo de la campaña de renta sobre los ingresos obtenidos en 2000 para las personas no obligadas a declarar el IRPF. Hasta el próximo 17 de abril unos tres millones de contribuyentes, sobre un total de 16 millones, podrán solicitar la devolución rápida y ésta les será efectuada durante los meses de marzo y abril. A los que ya se acogieron a este sistema el pasado año (2,8 millones), Hacienda les ha enviado una carta con sus datos y únicamente deberán responder si son correctos. La actual campaña se desarrollará de la siguiente manera:

- Procedimiento. La campaña es previa a la habitual de renta que comenzará el próximo mes de mayo y es voluntaria; es decir, que el contribuyente que no quiera entrar, pese a cumplir los requisitos, puede presentar la declaración durante el plazo normal. Está pensada para personas con bajos ingresos, quienes se limitan a comunicar sus datos personales a la Agencia Tributaria (situación familiar, domicilio y cuenta corriente en la mayor parte de los casos). La Agencia hace la declaración con los datos económicos que le ha proporcionado el retenedor (la empresa sobre el trabajador, la Seguridad Social sobre los pensionistas, el banco sobre las cuentas, etcétera) y le comunica el resultado. Si el contribuyente está de acuerdo y si le sale a devolver, Hacienda se lo abona antes de finales de abril, cuando el plazo normal termina el 31 de diciembre. Si sale a pagar, no hay que efectuar el ingreso.

- Requisitos. Podrán acogerse aquéllos cuyas rentas anuales del trabajo o pensiones no superen los 3,5 millones de pesetas brutas cuando provengan de un solo pagador. Si hay más de un pagador, la segunda y siguientes rentas no han de superar entre ellas las 100.000 pesetas y en total no se han de rebasar los 3,5 millones. En el caso de que las segundas rentas superen las 100.000 pesetas, el límite es de 1,3 millones para todas ellas.

Hacienda ha abierto así un poco la mano para que un mayor número de contribuyentes entren en este sistema. Según el secretario de Estado de Hacienda, Enrique Giménez-Reyna, con la inclusión de una segunda renta (que no figura en el folleto explicativo que hoy se empieza a difundir), se espera dar entrada a unos 250.000 contribuyentes más que el pasado año.

Aun así, no se alcanzará la cifra de cinco millones lanzada a bombo y platillo cuando este procedimiento se puso en marcha el pasado año. Una de las razones es que a última hora se decidió no incluir a quienes estén comprando una vivienda y/o invierten en un plan de pensiones. Aunque después se dijo que el sistema se ampliaría, entre otros, a estos colectivos, Giménez- Reyna aseguró ayer que no lo recordaba.

Además de los límites para rentas del trabajo, se pueden acoger quienes tengan rentas del capital mobiliario (acciones, intereses) y/o plusvalías de fondos de inversión de hasta 250.000 pesetas brutas anuales en total. También aquellos con letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de vivienda por menos de 100.000 pesetas y rentas inmobiliarias imputadas de hasta 50.000 pesetas anuales.

- Plazos. La campaña comienza hoy, un mes más tarde que el pasado año. Según Giménez Reyna, el retraso obedece a que durante febrero de 2000 apenas un 10% hizo las gestiones necesarias. Hasta el próximo 17 de abril, los que se acogieron ya el pasado año recibirán una carta con sus datos. Si son correctos, deberán comunicarlo a Hacienda por correo (apartado 30000, 28080 Madrid), por teléfono (901 200 345), por Internet (www.aeat.es) o en las delegaciones. Los que accedan por primera vez este año deberán presentar el modelo 104 o 105 (más amplio), en las mismas direcciones. Para saber si se está dentro de los límites exigidos habrá que esperar a recibir los certificados de retenciones o realizar la consulta en el mismo teléfono de la Agencia Tributaria.

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