TRIBUNALES

Sancionado un médico que desvió pacientes a una clínica privada

El Tribunal Superior de Justicia ha confirnado una resolución de la Consejería de Sanidad de junio de 1998 por la que se suspendía de empleo y sueldo durante dos meses a un médico que desviaba pacientes del centro del Padre Jesús de Valencia a una clínica privada. La consejería sancionó al facultativo por dos faltas graves contra el estatuto jurídico al que están sujetos los médicos de la Seguridad Social.

Francisco C. T., el médico sancionado del centro de especialidades de Padre Jesús de Valencia, recurrió en su día la resolución de la Consejería de Sanidad que le sancionaba por envia...

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El Tribunal Superior de Justicia ha confirnado una resolución de la Consejería de Sanidad de junio de 1998 por la que se suspendía de empleo y sueldo durante dos meses a un médico que desviaba pacientes del centro del Padre Jesús de Valencia a una clínica privada. La consejería sancionó al facultativo por dos faltas graves contra el estatuto jurídico al que están sujetos los médicos de la Seguridad Social.

Francisco C. T., el médico sancionado del centro de especialidades de Padre Jesús de Valencia, recurrió en su día la resolución de la Consejería de Sanidad que le sancionaba por enviar pacientes a un centro privado, al considerar que no había cometido falta alguna y que simplemente se había limitado "a procurar lo mejor para sus pacientes, sin coste alguno para los mismos". Aún así, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana considera que dicho médico "no sólo desviaba pacientes hacia un establecimiento determinado sino que llegaba a rellenar la receta en el local del mismo, donde citaba al paciente", lo que infringe la normativa vigente.En relación con la sanción, la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia señala que ésta se encuentra "dentro de los márgenes reglamentarios" y aplicada "en lo que podría denominarse grado mínimo, por ir de un mes a un año la suspensión". De la misma manera, el TSJ considera que al médico se le sanciona por una infracción de la normativa y no por unos hechos que hayan causado "fraude en los pacientes o perjuicio económico para los mismos". Así las cosas y dado que el tribunal estima que la inspección de la Administración actuó correctamente probando que el médico cometió una infracción, se ha desestimado el recurso presentado por éste contra la sanción de la Consejería de Sanidad.

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