La justicia anula un acuerdo de la Generalitat por primar el catalán para dar emisoras El tribunal afirma que la retirada de tres frecuencias a la Cope violó un derecho constitucional

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anuló ayer la decisión de la Generalitat de no renovar a la cadena Cope tres frecuencias de radio por las que venía emitiendo en Barcelona, Manresa y Tarragona. La sentencia considera que el pliego de cláusulas utilizado para revocar esas concesiones y otorgar otras 30 licencias valoró de manera "desproporcionada" el uso del catalán en la programación y que de esa manera se vulneró el derecho constitucional a comunicar o recibir libremente una información veraz. La Generalitat no recurrirá la sentencia.

El tribunal asegura que no cuest...

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anuló ayer la decisión de la Generalitat de no renovar a la cadena Cope tres frecuencias de radio por las que venía emitiendo en Barcelona, Manresa y Tarragona. La sentencia considera que el pliego de cláusulas utilizado para revocar esas concesiones y otorgar otras 30 licencias valoró de manera "desproporcionada" el uso del catalán en la programación y que de esa manera se vulneró el derecho constitucional a comunicar o recibir libremente una información veraz. La Generalitat no recurrirá la sentencia.

El tribunal asegura que no cuestiona que la Generalitat aplicara en el pliego de claúsulas del concurso la Ley de Política Lingüística de 1998, como la obligación de emitir en catalán un mínimo del 50% de la programación, fomentar las diferentes manifestaciones de la cultura catalana o garantizar una presencia significativa del aranés, una variante del catalán. Lo que el tribunal cuestiona y por eso declara nulos algunos aspectos de ese pliego de cláusulas es que la Generalitat realizara una "puntuación desproporcionada" de esos requisitos. La sentencia recuerda que los criterios referidos al uso de la lengua se valoraron en un 64,3%, frente al 35,7 % con el que se puntuaron otros criterios, como la viabilidad del proyecto, las horas de programación o si se trataba de una programación propia. En este sentido, la sentencia precisa que las obligaciones legales que marca la Ley de Política Lingüística son de obligado cumplimiento, pero "no pueden servir como criterios valorativos" para adjudicar las emisoras.

En otro apartado el TSJC afirma que no se puede limitar el número de frecuencias a otorgar, sino que la Administración debe conceder todas las disponibles, "para no interferir más allá de lo que el estado actual de la técnica permita". Lo contrario, afirma la Sala, vulnera el derecho constitucional a la libertad de información.

Frente a esas afirmaciones de la sentencia, el consejero de la Presidencia de la Generalitat, Joaquim Triadú, aseguró ayer que la sentencia "reafirma la bondad de la Ley de Política Lingüística" en el ámbito de la presencia del catalán en los medios de comunicación. En su opinión, el TSJC "ha valorado los criterios del pliego de condiciones desde una perspectiva de la legalidad ordinaria".

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha sido dictada tras el recurso que presentó la Cope contra una parte del decreto de 4 de mayo de 1999, por el que el Gobierno catalán concedió 33 nuevas frecuencias de radio. Al resolver ese concurso no se renovó la concesión administrativa de las tres emisoras por las que emitía la Cope. Las de Barcelona y Manresa fueron adjudicadas a la cadena Radiocat XXI (participada en un 85% por el grupo Godó, editor del diario La Vanguardia, y en un 15% por Carles Vilarrubí). Radiocat XXI fue el mayor beneficiario de ese concurso, al conseguir 12 frecuencias. La emisora de Tarragona se otorgó al locutor Justo Molinero.

Voto particular

La Cope recurrió ante los tribunales alegando la vulneración de varios derechos constitucionales y ahora los jueces le han dado la razón. La sentencia contiene el voto particular del magistrado Antonio Moya Garrido, más extenso que la propia resolución de la Sala, en el que afirma que el recurso debió rechazarse porque no se conculcó derecho alguno.

Mientras se resolvía el recurso judicial la Cope siguió emitiendo. Radiocat XXI obtuvo todos los permisos administrativos y se declaró lista para salir en antena, pero el TSJC no se lo permitió hasta que se dictara sentencia. Esa resolución se convertirá en firme en los próximos días porque la Generalitat anunció ayer que no la recurrirá ante el Tribunal Supremo. La fiscalía tampoco lo hará porque durante la tramitación del recurso se pronunció a favor de los argumentos de la Cope y de revocar el acuerdo de la Generalitat.

El Gobierno catalán concederá de nuevo las tres licencias de la cadena episcopal y otras seis más

El Gobierno catalán anunció ayer que realizará una nueva adjudicación de las tres frecuencias de la Cope y de otras seis que tenía pendientes, usando para ello el criterio señalado en la sentencia de ayer, en lugar del utilizado para la decisión que el TSJC ha anulado. El consejero de la Presidencia, Joaquim Triadú, explicó que aún no está decidida la fórmula jurídica -otro concurso o bien a través de la mesa de contratación-, pero en cualquier caso se hará reduciendo la puntuación que se otorgó el año pasado a los criterios que se refieren al uso de la lengua o la cultura catalana.

"No tenemos ninguna voluntad política de dar o no dar emisoras a un grupo o a otro, sino que se las llevará el que ofrezca mejores condiciones", dijo Triadú. Por su parte, el portavoz del Gobierno catalán y consejero de Economía, Artur Mas, afirmó: "La Junta de Andalucía o la de Extremadura también conceden licencias y no renuevan otras, pero no llenan los kilos de papel que ocurre cuando la decisión la adopta la Generalitat".

Mientras tanto, el Grupo Godó difundió un comunicado en el que asegura que la sentencia conocida ayer supone un espaldarazo judicial a su proyecto radiofónico y que las tres licencias que ahora utiliza la Cope pasarán a ser de Radiocat XXI cuando la Generalitat resuelva la nueva concesión.

Por el contrario, la Cope, cadena controlada por el Episcopado, entiende que la resolución judicial restaura el derecho fundamental a la libertad de expresión. Y que la satisfacción de esa empresa se fundamenta en haber logrado lo único que pretendía al iniciar el procedimiento judicial: seguir emitiendo por las tres emisoras.

Los partidos políticos catalanes también valoraron la sentencia de manera desigual. Para el presidente del Partido Popular en Cataluña, Alberto Fernández Días, supone "un suspenso" a la política de "intervención" y "designaciones a dedo" de la Generalitat. El Partit dels Socialistes (PSC) e Iniciativa per Catalunya (IC-V), por el contrario, coincidieron en que la concesión de licencias de radio y televisión debe ser competencia del Consejo Audiovisual de Cataluña "por seguridad jurídica y de imparcialidad". La Generalitat dijo "no tener ningún inconveniente" en que ese organismo emita sus informes para resolver las nuevas concesiones, pero rechazó la sugerencia de los grupos de la izquierda.

Finalmente, Esquerra Republicana censuró la decisión del Tribunal Superior de Cataluña, al asegurar que la Generalitat actuó en el uso de sus competencias y pidió "más sensibilidad a los jueces".