TRIBUNALESLOS HECHOS OCURRIERON EN BENIDORM

Juicio a un técnico de gas por una explosión que causó cinco muertos

El fiscal solicitó ayer un año de cárcel para un técnico de gas por un delito de imprudencia temeraria al producirse una explosión de un depósito de butano-propano que el procesado había instalado en un chalé en Benidorm, y que causó la muerte de cinco personas en 1984. El ministerio público sostiene que la explosión se debió a la deficiente instalación. Sin embargo, los peritos mantienen que el accidente se produjo a raíz de una fuga de gas en los tubos afectados por "corrosión electroquímica".

La vista oral de este caso, que se remonta a febrero 1984, se celebró ayer en el Juzgado de ...

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El fiscal solicitó ayer un año de cárcel para un técnico de gas por un delito de imprudencia temeraria al producirse una explosión de un depósito de butano-propano que el procesado había instalado en un chalé en Benidorm, y que causó la muerte de cinco personas en 1984. El ministerio público sostiene que la explosión se debió a la deficiente instalación. Sin embargo, los peritos mantienen que el accidente se produjo a raíz de una fuga de gas en los tubos afectados por "corrosión electroquímica".

La vista oral de este caso, que se remonta a febrero 1984, se celebró ayer en el Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante. El retraso en la celebración del juicio se debe a que el sumario tuvo que reconstruirse tras quedar destruido en un incendio que se registró en la Audiencia de Alicante.El procesado, el técnico de gas J. R. M., instaló un depósito butano-propano y sus correspondientes tuberías en un chalé de Benidorm en 1981. Tres años más tarde, el 11 de febrero de 1984, se produjo la explosión mientras otro técnico de gas intentaba reparar una fuga. La explosión fue de tal magnitud que destruyó el chalé y causó la muerte de cinco personas, entre ellas el técnico que intentaba reparar la avería y su hijo.

Según el fiscal, el accidente tuvo su origen en las deficiencias de la instalación. La acusación pública sostiene que la instalación no se ajustó al proyecto inicial presentado en la delegación de Industria y, además, que las tuberías no se protegerieron debidamente para evitar su oxidación y, por ende, posibles perforaciones.

En su declaración, el acusado aseguró que la instalación se ajustó el proyecto inicial presentado en Industria y que las tuberías fueron protegidas de acuerdo a la normativa legal entonces vigente.

Cuatro de los cinco peritos que comparecieron ante el tribunal coincidieron en que la causa de explosión tuvo su origen en una fuga de gas derivada de la "corrosión electroquímica de las tuberías", es decir, una progresiva oxidación de los tubos enterrados por efecto de la humedad.

Estos expertos señalaron que la construcción de una zona ajardinada encima de las tuberías, con posterioridad a su instalación, "pudo acelerar el proceso de oxidación de la canalización". Además, subrayaron que aunque los tubos hubieran estado perfectamente protegidos, también habrían sido afectados por este fenómeno. El quinto perito, un arquitecto, se limitó a constatar que las tuberías habían sido instaladas sin los necesarios elementos de protección.

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Hasta 1982 la Administración no decretó la obligatoriedad de la "protección activa o catódica" en las instalaciones de gas, un sistema para evitar la corrosión electroquímica.

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