Devuelto el nombramiento de Rubí

El Registro Mercantil devolvió ayer al juez el nombramiento de Luis Manuel Rubí Blanc como administrador judicial del Atlético de Madrid, según informaron fuentes próximas a la defensa de Gil. El Registro, según las mismas fuentes ha adoptado la decisión por tres motivos formales y uno de fondo, aunque se desconocen los argumentos en los que se basa la decisión. Uno de ellos, no obstante, es que el nombramiento no ha adquirido firmeza al haber sido recurrido por la hija del ex presidente, Myriam Gil Marín.

En el recurso se exponía entre otras cuestiones que una sociedad anónima deportiv...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Registro Mercantil devolvió ayer al juez el nombramiento de Luis Manuel Rubí Blanc como administrador judicial del Atlético de Madrid, según informaron fuentes próximas a la defensa de Gil. El Registro, según las mismas fuentes ha adoptado la decisión por tres motivos formales y uno de fondo, aunque se desconocen los argumentos en los que se basa la decisión. Uno de ellos, no obstante, es que el nombramiento no ha adquirido firmeza al haber sido recurrido por la hija del ex presidente, Myriam Gil Marín.

En el recurso se exponía entre otras cuestiones que una sociedad anónima deportiva, como es el Atlético de Madrid, no puede estar regida por un administrador único, sino por un consejo de administración.

Más información

Fuentes del juzgado restaron importancia a la decisión del Registro, puesto que el nombramiento tiene efectividad frente a terceros, y el administrador no ha realizado ningún fichaje, ni ha echado al entrenador, ni ha adoptado ninguna otra medida ejecutiva. La decisión de parar un pago de 100 millones de pesetas a Enrique Cerezo fue decidida por el propio magistrado instructor, Manuel García Castellón, por lo que la resolución del Registro no le afecta.

Las mismas fuentes aseguraron que en cualquier caso, la inscripción en el Registro del nombramiento volverá a reproducirse cuando el auto gane firmeza.

Mientras tanto, no se produce un vacío, ya que el juez instructor adoptará las decisiones que sean procedentes para la buena marcha del club, y ello no perjudicará los pagos de los salarios de los empleados, ni los de los proveedores habituales, ni aquellos que sean necesarios para la buena marcha de la entidad, según manifestaron las fuentes mencionadas.

Archivado En