Condenado un guardia civil que intentó sobornar a un agente de Intxaurrondo

La Audiencia de Guipúzcoa ha condenado a un año de prisión y un millón de pesetas de multa a un guardia civil destinado entonces en la Comandancia de Bilbao por pretender sobornar en 1994 a un compañero del Grupo de Identificación Fiscal Antidroga del cuartel de Intxaurrondo, de San Sebastián, para que diese cobertura a operaciones de contrabando de tabaco. La pena impuesta a cada uno de los otros dos procesados, civiles, es de seis meses y 500.000 pesetas.La Sala advierte de que tanto el guardia civil Federico P. T., de 36 años, como los otros dos acusados, Ramón L. V., de 51, y Carlos S...

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La Audiencia de Guipúzcoa ha condenado a un año de prisión y un millón de pesetas de multa a un guardia civil destinado entonces en la Comandancia de Bilbao por pretender sobornar en 1994 a un compañero del Grupo de Identificación Fiscal Antidroga del cuartel de Intxaurrondo, de San Sebastián, para que diese cobertura a operaciones de contrabando de tabaco. La pena impuesta a cada uno de los otros dos procesados, civiles, es de seis meses y 500.000 pesetas.La Sala advierte de que tanto el guardia civil Federico P. T., de 36 años, como los otros dos acusados, Ramón L. V., de 51, y Carlos S. E., de 33, condenado en 1996 por contrabando, son autores de un delito de cohecho al ser "suficiente el intento de sobornar o comprar al funcionario" para que se haya consumado.

El fallo considera probado que P. T., destinado en la Comandancia de Bilbao cuando ocurrieron los hechos, se puso en contacto con un agente de Intxaurrondo para pedirle su colaboración. Mediante conversaciones telefónicas y en reuniones en la calle, los ahora condenados llegaron a ofrecerle medio millón de pesetas una vez y un millón otra por cada camión con tabaco de contrabando que lograra esquivar los controles y pasar la frontera.

La sentencia destaca "el criterio unánime" de los miembros del tribunal al considerar "la veracidad y seguridad de todas y cada una de las manifestaciones" efectuadas en el juicio por el guardia civil al que se quiso sobornar, que compareció como testigo junto a otros responsables del cuartel de Intxaurrondo y "en quien no cabe apreciar móvil alguno de enemistad o animadversión hacia los acusados".

El fallo agrega que, por el contrario, la declaración del agente procesado "no responde a la realidad", ya que, entre otras cuestiones, "es absurdo que se desplazase de Bilbao a San Sebastián para decirle a su compañero que tiene un confidente llamado Carlos ofreciéndole sus servicios" como aseguró en la vista oral.

No obstante, la Sala entiende que "las pruebas directas más importantes y definitivas son las cintas originales obrantes en autos", unas grabaciones de audio y vídeo realizadas por miembros del instituto armado de Intxaurrondo, que recogen conversaciones entre dos de los acusados y el agente al que se trató de sobornar y en las que la sentencia descarta "el más mínimo indicio sobre supuesta manipulación".

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