La muerte de un quinto empleado reaviva la polémica del "síndrome Jódar"

El pasado sábado recibieron sepultura los restos mortales de Manuel Toraz, de 46 años de edad, que durante cinco años fue empleado de Electroquímicas Andaluzas, una empresa ubicada en Jódar (Jaén), que cerró sus puertas el 1 de enero de 1993. Con éste son cinco los empleados que han fallecido desde que se clausuró la planta. Las muertes se han vinculado a la actividad desarrollada en la misma y a las posibles radiaciones de mercurio que pudieron recibir los trabajadores.

Sin embargo, esta hipótesis no se ha podido demostrar, ya que, hasta la fecha, a ninguno de los empleados fallecidos ...

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El pasado sábado recibieron sepultura los restos mortales de Manuel Toraz, de 46 años de edad, que durante cinco años fue empleado de Electroquímicas Andaluzas, una empresa ubicada en Jódar (Jaén), que cerró sus puertas el 1 de enero de 1993. Con éste son cinco los empleados que han fallecido desde que se clausuró la planta. Las muertes se han vinculado a la actividad desarrollada en la misma y a las posibles radiaciones de mercurio que pudieron recibir los trabajadores.

Sin embargo, esta hipótesis no se ha podido demostrar, ya que, hasta la fecha, a ninguno de los empleados fallecidos -entre ocho y 10 sumando los que murieron durante el periodo de actividad de Electroquímicas y en los años posteriores al cierre- le ha sido practicada la autopsia. Las fuentes consultadas no pudieron confirmar si el trabajador fallecido acusaba los mismos síntomas de la intoxicación crónica de mercurio (calambres y pérdida de memoria, entre otros) que les han sido detectados a los empleados que se han sometido a una revisión médica previa al recurso ante Magistratura de Trabajo. Toraz trabajó para Electroquímicas durante cinco años, en un periodo en que no se observaban las condiciones de seguridad que se aplicaron más tarde. Dejó la empresa casi una década antes de que se produjera el cierre, lo que dificulta determinar la relación entre las causas de su muerte y la exposición al mercurio, aunque su puesto se encontraba en el "foco principal", según un empleado. En la actualidad, un grupo de ex trabajadores mantiene una pugna con la empresa para que se les reconozca estos síntomas como enfermedad profesional (en algunos casos se han admitido enfermedades comunes, no la intoxicación mercurial), puesto que la mayoría se encuentra marcada "por las mutuas, con un círculo rojo, para no poder trabajar", según indicó uno de los afectados. Sentencia desfavorable Los resultados de los procesos legales han sido favorables para una veintena, aproximadamente. Otros siguen insistiendo y algunos se han topado con una sentencia que desestima sus alegaciones. La empresa extraía del mercurio productos como el cloro, la sosa, ácido clorhídrico, hipoclorito sódico, sulfato de alúmina e hidrógeno, destinados a la fabricación de sustancias que se emplean, entre otras cosas, como detergentes. Desde su instalación en la localidad jiennense, allá por 1978, hasta 1990, momento en que pasó a manos del grupo Aragonesas, no se emplearon medidas de protección. Fue tras la venta de la compañía cuando se les proporcionó a los empleados materiales como máscaras protectoras y, antes de que se cumplieran tres años de actividad, procedió al cierre tras aplicar un expediente de regulación de empleo a sus trabajadores, por entonces entre 80 y 85. La denuncia de las condiciones de seguridad e higiene laborales ha relacionado lo arriesgado del contacto con el mercurio con las patologías que, en determinados casos, han desencadenado la muerte, aunque no se ha podido demostrar si existe una resolución judicial que vincule las muertes registradas a esas circunstancias. En este mes está previsto que la Magistratura de Trabajo se pronuncie sobre las denuncias presentadas por tres empleados de Electroquímicas y, además, otro grupo está pendiente de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) resuelva otros procesos en los que se solicita el reconocimiento de la intoxicación mercurial como enfermedad profesional para poder reclamar a la empresa una indemnización por las afecciones producidas en el tiempo en que no contaron con las condiciones de seguridad requeridas.

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