Absueltos los dueños de un bar registrado ilegalmente

La policía, si cree que se está cometiendo un delito, puede entrar y registrar sin autorización judicial bares, pero no los habitáculos que haya dentro de estos locales que sean utilizados por sus dueños "para desarrollar su vida íntima y privada". En esta premisa se ha basado la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid para absolver y librar de tres años de cárcel a los dueños de un bar de Fuenlabrada, en el que la policía entró sin autorización judicial y, supuestamente, se incautó de drogas y útiles para su preparación. Siete agentes irrumpieron primero en el pub Malvaloca, situado e...

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La policía, si cree que se está cometiendo un delito, puede entrar y registrar sin autorización judicial bares, pero no los habitáculos que haya dentro de estos locales que sean utilizados por sus dueños "para desarrollar su vida íntima y privada". En esta premisa se ha basado la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid para absolver y librar de tres años de cárcel a los dueños de un bar de Fuenlabrada, en el que la policía entró sin autorización judicial y, supuestamente, se incautó de drogas y útiles para su preparación. Siete agentes irrumpieron primero en el pub Malvaloca, situado en el centro comercial Fuenlabrada 2, y luego en un almacén anejo. Se presentaron allí, la noche del 21 de octubre de 1995, aduciendo que acababan de recibir una llamada anónima indicándoles que en ese lugar había "un muerto y dos kilos de cocaína". Preguntaron a una camarera por los dueños del local y ella les indicó que estaban en un habitáculo de la parte superior. En la puerta, un letrero rezaba "privado".Los agentes, pese a que la camarera les advirtió del cartel, subieron y llamaron al timbre de la puerta "con cierta insistencia", hasta que "les fue abierta por los propietarios", aclara la sentencia. Nada más entrar, describe el tribunal, "comenzaron a inspeccionar la dependencia".

En el atestado, los agentes indicaron que habían hallado "dos papelinas de cocaína, una balanza de precisión con restos de cocaína y una bolsa de cafeína y lidocaína". Tras el supuesto hallazgo, circunstancia que el tribunal considera "no acreditada", los policías cerraron el bar, echaron a los clientes y fueron a por una orden judicial de registro.

La entrada en ese habitáculo, zanja la Audiencia, fue ilegal. "La inviolabilidad del domicilio es un derecho constitucional de la persona", señala, en primer lugar, el ponente de la sentencia, el magistrado Alberto Jorge Barreiro. "Ciertamente", señala la Audiencia, "la habitación, ubicada en la planta superior y el letrero de "privado", corrobora que se trata de un espacio de privacidad [inviolable salvo expresa autorización judicial]".

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