Los artistas demandan a las televisiones el pago de 4.000 millones de pesetas

La entidad de gestión AISGE (Actores e Intérpretes Sociedad de Gestión de España), que cuenta con 2.000 artistas, ha anunciado una demanda judicial contra las televisiones públicas y privadas, a las que reclama 4.000 millones de pesetas desde 1995 hasta 1999 por el derecho de «remuneración por comunicación pública» (utilización de las interpretaciones artísticas) contenido en la Ley de Propiedad Intelectual. Los demandados (Antena 3, Tele 5, TVE y Canal +) rechazan por «arbitrarias y abusivas» esas peticiones.

Parte de la reclamación contabilizada afecta a la FORTA que, sin embargo, que...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La entidad de gestión AISGE (Actores e Intérpretes Sociedad de Gestión de España), que cuenta con 2.000 artistas, ha anunciado una demanda judicial contra las televisiones públicas y privadas, a las que reclama 4.000 millones de pesetas desde 1995 hasta 1999 por el derecho de «remuneración por comunicación pública» (utilización de las interpretaciones artísticas) contenido en la Ley de Propiedad Intelectual. Los demandados (Antena 3, Tele 5, TVE y Canal +) rechazan por «arbitrarias y abusivas» esas peticiones.

Parte de la reclamación contabilizada afecta a la FORTA que, sin embargo, quedará excluida de la demanda por haber llegado a un acuerdo con la representación de los artistas. Respecto a las demás, «después de tres años y medio de negociaciones infructuosas ya no hay otro debate que el del juzgado», asegura Julián Grimau, director general de AISGE.Por su parte, las televisiones aseguran que las reticencias a negociar proceden de AISGE. En enero pasado, las cadenas afectadas por la reclamación (TVE, Antena 3, Tele 5 y Canal +) respondieron por conducto notarial a esta entidad con un escrito conjunto en el que consideraban «arbitraria y abusiva» su reclamación económica e «imposible de aceptar». Asimismo, proponían que los productores audiovisuales participaran en las conversaciones a propósito de la remuneración por comunicación pública de los intérpretes. Esa carta, dicen las cadenas, no obtuvo respuesta de AISGE; lo que prueba, a juicio de éstas, «la falta de confianza de los artistas en sus propios argumentos».

Las televisiones argumentan que el pago reclamado «no procece en derecho». Consideran que el concepto de autoría es técnicamente complicado, sujeto a las interpretaciones de la ley; y opinan que son los propios artistas quienes deberían estipular en sus contratos con los productores las condiciones de interpretación y de venta de derechos de esa interpretación.

La AISGE (que tiene censados 2.000 de los 2.500 artistas que se estiman en el sector audiovisual) nació en 1990 «para defender los derechos intelectuales de los artistas del sector audiovisual (actores, bailarines y dobladores)», así como para impulsar otros servicios. Para llevar a cabo esta actividad, AISGE batalla para que las cadenas de televisión abonen los derechos económicos de los artistas por «comunicación pública» (utilización de sus interpretaciones) y por «copia privada» (grabaciones que pueden realizar los telespectadores).

Según la AISGE, las televisiones TVE, Antena 3, Tele 5 y Canal + les adeudan este año 769 millones de pesetas por estos derechos. Las autonómicas no son deudoras, ya que existe un acuerdo con la FORTA, alcanzado en octubre de 1997. Ese acuerdo, según las pretensiones de la AISGE, debería haber sido firmado también por el resto de las cadenas; y la cifra propuesta, plantea la entidad, es una estimación de «lo que los actores estarían dispuestos a aceptar». «Las cifras reales no serían de 4.000 millones de pesetas, sino de 7.000 millones», apunta Grimau.

Las reivindicaciones de la AISGE ante las televisiones a propósito de las remuneraciones por «comunicación pública» comenzaron tras incluirse este concepto en la Ley de Propiedad Intelectual del 30 de diciembre de 1994 -que entró en vigor en enero de 1995- por el que se adaptaba la normativa europea al ordenamiento jurídico español. Posteriormente, el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual del 12 de abril de 1996 recogió el de 1994 y el de 1987, donde había aparecido el derecho de remuneración por copia privada (canon sobre las cintas de vídeo vírgenes y aparatos de reproducción).

Sobre la firma

Archivado En