La Audiencia tilda de "desproporcionadas" las penas previstas para los "correos de la droga"

La Audiencia de Madrid considera "desproporcionadas" las penas de cárcel que establece el nuevo Código Penal para los llamados correos de la droga: las personas que son detenidas a diario en el aeropuerto de Barajas con bolas de cocaína ocultas en sus intestinos. La Audiencia lamenta en una sentencia que "la demonización social de la droga" haya generado "un subsistema penal hipertrofiado" que cataloga el tráfico de drogas "como un superdelito" y que permite castigar con hasta 13 años de cárcel al eslabón más débil de la cadena del narcotráfico.

La sentencia, de la que ha sido ponente e...

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La Audiencia de Madrid considera "desproporcionadas" las penas de cárcel que establece el nuevo Código Penal para los llamados correos de la droga: las personas que son detenidas a diario en el aeropuerto de Barajas con bolas de cocaína ocultas en sus intestinos. La Audiencia lamenta en una sentencia que "la demonización social de la droga" haya generado "un subsistema penal hipertrofiado" que cataloga el tráfico de drogas "como un superdelito" y que permite castigar con hasta 13 años de cárcel al eslabón más débil de la cadena del narcotráfico.

La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sección 17 de la Audiencia de Madrid, Jesús Fernández Entralgo, reflexiona a lo largo de 24 folios sobre el fuerte agravamiento de la pena que implica el que la policía descubra a una persona con más de 120 gramos de cocaína. Tal como está hoy la ley, portar más de 120 gramos de esta sustancia se traduce en condenas que oscilan entre los nueve y los 13 años y seis meses de prisión. Si la cantidad es inferior, entonces el castigo fluctúa entre los tres y los nueve años.Los correos de la droga suelen arribar a Barajas con alijos superiores a esa cantidad -por imposición de sus jefes, generalmente colombianos- e inferiores al kilo. Ser sorprendido significa, de entrada, que no puedan regresar a su país antes de haber cumplido, entre rejas, un mínimo de nueve años. Y ahora lo tienen peor, ya que el nuevo Código Penal ha derogado los beneficios penitenciarios.

Merced a este nuevo criterio judicial de la Audiencia, que considera "desproporcionadas" las penas del nuevo Código Penal, dos colombianos han visto cómo los 10 años de cárcel que les pidió el fiscal en el juicio han quedado reducidos a cuatro en la sentencia. Ambas personas -Juan Carlos Gómez, de 27 años, y David Vázquez, de 22- fueron detenidas en Barajas en agosto de 1997. Entre los dos portaban casi medio kilo de cocaína.

Argumentos

El fiscal pidió 10 años de cárcel por la agravante de que la droga intervenida es de "notoria importancia"; es decir, era superior a los 120 gramos. La ley faculta a los jueces para que establezcan la cantidad de droga a partir de la cual debe aplicarse esa agravante, pero esa labor compete al Tribunal Supremo. El alto tribunal situó hace años ese tope en 120 gramos, si bien lo fijó de acuerdo con las penas que entonces preveía el anterior Código Penal, más benévolo que el actual. La Sección 17 de la Audiencia ha fijado ahora ese tope en 840 gramos. Antes, su Sección Quinta había dictado otra sentencia que abordaba esta cuestión y reducía la pena a otro correo que portaba 740 gramos."La demonización social de la droga", reflexiona la Sección 1, está provocando que "se justifique, al parecer, una relajación de principios fundamentales del derecho, convirtiendo el narcotráfico en un superdelito" susceptible de ser sancionado mediante "un derecho penal especial" ajeno "a las reglas que rigen para los demás delitos". Ahora mismo, indica la Audiencia, está más penado portar más de 120 gramos de cocaína que, por ejemplo, "dejar intencionadamente ciega" a una persona o "fabricar y comercializar armas de fuego".

Los tres jueces que integran este tribunal lamentan que la ley no distinga, con vistas a la pena aplicable, entre los altos gerifaltes del narcotráfico, "los situados en la cúspide de la organización", y quienes se sitúan en los "últimos escalones de aquélla", como los correos. Admiten que, ante una posible injusticia, los tribunales pueden condenar al acusado y pedir luego al Gobierno "su indulto". Pero en este asunto la Audiencia ve un grave inconveniente: "Al acudir al denominado indulto de equidad se desplaza la solución del problema al Gobierno del Estado (...) y se corre el riesgo de ser tratado [por éste] desde una perspectiva más atenta a las exigencias coyunturales de los cambiantes criterios de oportunidad política".

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Respecto a los dos jóvenes objeto de esta sentencia, el tribunal interpreta: "Las penas de cuatro años y la multa de cuatro millones de pesetas [im-puestos a cada uno] parecen proporcionadas a la gravedad objetiva del hecho". Señala que los reos ocupan "un papel secundario" en el narcotráfico.

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