El fiscal pide que el caso por el secuestro de un grapo pase a un juzgado coruñés

El fiscal Pedro Rubira solicitó ayer que el caso en el que se investiga el secuestro del miembro de los GRAPO Jesús-Cela Seoane, ocurrido el 29 de enero de 1990, se remita a un juzgado de A Coruña por entender que la Audiencia Nacional no tiene competencia para juzgarlo.

El juez Baltasar Garzón convirtió el pasado 28 de enero el proceso en procedimiento abreviado y describió los hechos como delito de detención ilegal, que imputó al ex ministro del Interior José Luis Corcuera, al ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y al director de la Guardia Civil Luis Roldán, entr...

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El fiscal Pedro Rubira solicitó ayer que el caso en el que se investiga el secuestro del miembro de los GRAPO Jesús-Cela Seoane, ocurrido el 29 de enero de 1990, se remita a un juzgado de A Coruña por entender que la Audiencia Nacional no tiene competencia para juzgarlo.

El juez Baltasar Garzón convirtió el pasado 28 de enero el proceso en procedimiento abreviado y describió los hechos como delito de detención ilegal, que imputó al ex ministro del Interior José Luis Corcuera, al ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera y al director de la Guardia Civil Luis Roldán, entre otros.

El juzgado número 2 de A Coruña inició la investigación, pero al considerar que los hechos tenían que ver con la banda armada GAL remitió las actuaciones a la Audiencia Nacional. Durante un tiempo el secuestro del grapo se llevó dentro del caso Oñederra, pero desde noviembre pasado, el asunto se desglosó del sumario principal.

El fiscal Rubira había mantenido la competencia de la Audiencia Nacional en el caso mientras los hechos fueron considerados una más de las acciones de los GAL, y por tanto un acto terrorista, lo que ahora considera que se ha acreditado.

El fiscal ha planteado por ello la declinatoria de jurisdicción en favor del juzgado número 2 de A Coruña por entender que el secuestro de Cela "imputado a José Luis Corcuera y otros, es un acto aislado de detención ilegal. ( ... ) pero no relacionado con delito de pertenencia a banda armada, ( ... ) ni relacionado con las actividades ilegales de los GAL".

La competencia para enjuiciar el caso deberá ser resuelta por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

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