Algeciras, zona prohibida

La prohibición de todo tipo de vuelos sobre una amplia zona en torno a Algeciras, que limita al noreste con Estepona (Málaga) y al suroeste con Punta de la Peña (Cádiz), fue establecida por una orden ministerial de abril de 1967, en respuesta a la reivindicación de soberanía sobre el istmo del Peñón que hizo el Reino Unido alegando que los derechos españoles habían prescrito.

En la orden se hacía constar que este área, de la que quedaba excluido el espacio aéreo sobre Gibraltar, "no significa una delimitación del territorio nacional ni la renuncia a los derechos soberanos de España ...

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La prohibición de todo tipo de vuelos sobre una amplia zona en torno a Algeciras, que limita al noreste con Estepona (Málaga) y al suroeste con Punta de la Peña (Cádiz), fue establecida por una orden ministerial de abril de 1967, en respuesta a la reivindicación de soberanía sobre el istmo del Peñón que hizo el Reino Unido alegando que los derechos españoles habían prescrito.

En la orden se hacía constar que este área, de la que quedaba excluido el espacio aéreo sobre Gibraltar, "no significa una delimitación del territorio nacional ni la renuncia a los derechos soberanos de España al sur" de la misma.

Tras su ratificación en mayo de 1977, la orden fue modificada en marzo de 1985, en vísperas del ingreso de España en la CE. La nueva orden, aún vigente, mantiene la prohibición de vuelos militares, pero delimita, alrededor del Peñón, una subzona restringida en la cual se permite volar, hasta una altura máxima de 5.500 pies (1.650 metros), a "las aeronaves civiles en maniobras de entrada/salida al aeródromo de Gibraltar".

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