"Tratamiento individualizado como principio fundamental"

Interior destaca que no todas las plazas valen para cualquier interno

Extracto de las conclusiones del documento remitido por Interior a la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento vasco, en las que se analiza el plan de acercamiento propuesto por la citada comisión:1. Reiterar la necesidad de un tratamiento individualizado como principio fundamental sobre el que gira la intervención penitenciaria en los artículos 59, 63 y 72 de la Ley Orgánica Penitenciaria [que] establecen las exigencias legales para decidir el destino de los reclusos en un determinado establecimiento penitenciario" de forma que esta circunstancia contribuya a alcanzar el objetivo resociali...

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Extracto de las conclusiones del documento remitido por Interior a la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento vasco, en las que se analiza el plan de acercamiento propuesto por la citada comisión:1. Reiterar la necesidad de un tratamiento individualizado como principio fundamental sobre el que gira la intervención penitenciaria en los artículos 59, 63 y 72 de la Ley Orgánica Penitenciaria [que] establecen las exigencias legales para decidir el destino de los reclusos en un determinado establecimiento penitenciario" de forma que esta circunstancia contribuya a alcanzar el objetivo resocializador que la Constitución atribuye a las penas privativas de libertad.

2. En relación a las demandas sobre excarcelaciones anticipadas de internos que padecen enfermedades incurables, resaltar la coincidencia casi absoluta entre estas solicitudes y las resoluciones adoptadas por la admnistración penitenciaria y la autoridad judicial competente. (...) Se han llevado a cabo siete excarcelaciones anticipadas por padecimientos incurables y una progresión de grado por la misma razón. A estas excarcelaciones vienen a sumarse los 14 traslados por razones sanitarias y familiares, así como los 43 realizados por evolución positiva a centros cercanos en el País Vasco.

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3. La distribución de los internos en los centros penitenciarios conjuga diversos aspectos como son: las propias disponibilidades de las infraestructuras penitenciarias, la edad de los internos, la situación procesal, el grado de clasificación penitenciaria, los regímenes de vida y la diferenciación de sexo. Todos estos aspectos requieren de una combinación compleja (...) que no se ha tenido en cuenta por la comisión de derechos humanos del Parlamento vasco, quedando reducida a la mera cercanía del interno al lugar de residencia (...). En este sentido debe señalarse que no todas las plazas libres sirven para acoger a cualquier interno. (...) Por tanto, si realizamos la necesaria valoración comparativa de la situación de los internos afectados por este plan teniendo en cuenta sus circunstancias personales, procesales y penitenciarias, así como la disponibilidad de plazas libres podemos concluir lo siguiente:

a) Las plazas para internos preventivos deben ser cubiertas con unos criterios específicos. Esto requiere la proximidad del interno a la autoridad judicial de que dependa. Al tratarse de delitos cuyo enjuiciamiento corresponde a la Audiencia Nacional resulta necesaria su ubicación en el entorno geográfico de este órgano.

b) En cuanto a las plazas para internos en régimen ordinario. La distribución se hace valorando distintos criterios como son las propias disponibilidades de infraestructuras, la edad de los internos, su situación procesal, su clasificación penitenciaria, los regímenes de vida y el sexo de los internos.

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e) En cuanto a las plazas Para internos en régimen cerrado se carece en estos momentos de plazas en los centros incluidos en el plan de acercamiento propuesto, incluso existe hoy una sobreocupación de las plazas asignadas para este régimen.

d) En cuanto a las plazas en régimen abierto, supone la integración sociolaboral en una determinada localidad, con independencia del lugar del que se sea natural.

4. La comisión de la Cámara vasca incluye en su propuesta a los ciudadanos de Navarra cuando dicha comunidad tiene autonomía propia. En ningún caso el Parlamento de esta comunidad nos ha trasladado propuesta de acercamiento sobre los internos navarros.

En cuanto a la propuesta de la comisión sobre los internos extranjeros (...) acceder a la propuesta del plan no sería otra cosa que dar a los internos extranjeros un tratamiento distinto por lo que se refiere a la distribución en los distintos centros, distribución que ha de hacerse con los mismos criterios que para el resto de los internos.

5) El ministerio del Interior, a través de la dirección de instituciones penitenciarias reitera su disposición a buscar en un marco de colaboración con los, partidos democráticos vascos puntos de encuentro que mejoren y enriquezcan la política penitenciaria, dentro de los principios de la legalidad vigente a través de la reflexión común y el diálogo. Insistimos en que no hay punto de encuentro posible en política penitenciaria con quienes diariamente legitiman el uso de la violencia como medio para conseguir objetivos políticos despreciando los derechos humanos más elementales.

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