El tribunal que ha absuelto a dos guardias civiles de matar a un detenido fue recusado

El tribunal de la Audiencia de Barcelona que el pasado miércoles absolvió a dos guardias civiles por la muerte de un detenido al que patearon fue recusado por el fiscal durante la instrucción del caso. El motivo de la recusación fue la argumentación de los magistrados al ordenar la libertad de los dos guardias civiles, en mayo del año pasado. El fiscal entendió que los jueces ya tenían hecha una valoración y predeterminaban que la sentencia sería absolutoria. La postura del fiscal no prosperó y la misma sala ha dictado ahora la absolución.

Los agentes Carlos Sánchez Villaverde y Rafael ...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El tribunal de la Audiencia de Barcelona que el pasado miércoles absolvió a dos guardias civiles por la muerte de un detenido al que patearon fue recusado por el fiscal durante la instrucción del caso. El motivo de la recusación fue la argumentación de los magistrados al ordenar la libertad de los dos guardias civiles, en mayo del año pasado. El fiscal entendió que los jueces ya tenían hecha una valoración y predeterminaban que la sentencia sería absolutoria. La postura del fiscal no prosperó y la misma sala ha dictado ahora la absolución.

Los agentes Carlos Sánchez Villaverde y Rafael Picaso Marco ingresaron en prisión en marzo de 1995, ocho meses después de que se produjera la muerte de Jorge Xurigué, uno de los dos jóvenes detenidos por los guardias en Castellar del Vallès (Barcelona) por un atraco. Mes y medio más tarde, el tribunal de la sección tercera de lo penal resolvió mantener el procesamiendo por homicidio dictado por el juez instructor pero odenó la libertad de los dos guardias.En ese auto, los jueces decían que no compartían el relato de los hechos del auto de procesamiento "pues se trata de una hipótesis sustentada principalmente en un informe pericial". La libertad de los guardias se basó en que "los procesados pertenecen a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado y no existe ninguna razón para pensar que van a sutraerse a la acción de la justicia".

Si en aquel auto el tribunal restaba importancia a las conclusiones de los médicos forenses, lo mismo ha ocurrido en la sentencia absolutoria dictada un año y medio después. Lo único que los jueces dan por probado es que el detenido, Jorge Xurigué, recibió golpes y patadas de los agentes.

En cambio, discrepan de las conclusiones a las que llegaron los peritos y que fundamentalmente son dos. La primera es que la muerte fue desencadenada por una patada que le alcanzó en la sien y que provocó un derrame epidural por hundimiento del hueso craneal. La segunda, que el golpe fue propinado por una superficie "blanda y elástica", características que coincidían con el calzado que portaban los agentes. Para los magistrados, no se ha acreditado ninguna de las conclusiones de los peritos. Tampoco indican a qué causa atribuyen la muerte del detenido. Ni el fiscal ni la acusación particular -ejercida por la mujer del fallecido- comparten la sentencia y ambos la recurrirán al Tribunal Supremo.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Sobre la firma

Archivado En