Los jueces de vigilancia penitenciaria controlarán el arresto de fin de semana y el trabajo comunitario

El Gobierno en funciones aprobará de forma inminente un decreto que regula dos de las nuevas penas introducidas por el Código Penal de 1995, que entrará en vigor el próximo 25 de mayo. El decreto concibe la pena de trabajo en beneficio, de la comunidad como "una reparación para la comunidad perjudicada" por el delito y fija las condiciones para su cumplimiento. Regula también el arresto de fin de semana. Justicia atribuye el control de ambas penas a los jueces de vigilancia penitenciaria, en lo que coincide con el criterio del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El informe del CG...

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El Gobierno en funciones aprobará de forma inminente un decreto que regula dos de las nuevas penas introducidas por el Código Penal de 1995, que entrará en vigor el próximo 25 de mayo. El decreto concibe la pena de trabajo en beneficio, de la comunidad como "una reparación para la comunidad perjudicada" por el delito y fija las condiciones para su cumplimiento. Regula también el arresto de fin de semana. Justicia atribuye el control de ambas penas a los jueces de vigilancia penitenciaria, en lo que coincide con el criterio del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El informe del CGPJ sobre el anteproyecto de real decreto por el que se desarrolla el Código Penal regulando las penas de trabajo en beneficio de la comunidad y arresto de fin de semana", aprobado el pasado miércoles por la comisión permanente del Consejo, ha sido remitido a Justicia, en donde ayer se examinaban las sugerencias del órgano de gobierno del poder judicial.El director general de Instituciones Penitenciarias, David Beltrán, señaló ayer que algunas de las sugerencias, como la de que se atribuya el control de ambas penas a los jueces de vigilancia penitenciaria, ya había sido introducida en el futuro decreto, dada la tardanza del Consejo en emitir su informe. El nuevo anteproyecto se encuentra pendiente del informe del Consejo de Estado.

Respecto a los trabajos en beneficio de la comunidad, vinculados a la Administración Penitenciaria, el CGPJ considera que "la lógica jurídica exigiría atribuir el seguimiento y control de su cumplimiento a los jueces de vigilancia penitenciaria". En cuanto a los arrestos de fin de semana, el CGPJ afirma con mayor rotundidad que su seguimiento y control corresponde a los jueces de vigilancia,

Falta de infraestructura

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El informe del CGPJ, del que inicialmente fue ponente el vocal Rafael Sarazá, uno de los que dimitió recientemente como consecuencia del escándalo del caso Estevill, echa en falta las necesarias infraestructuras para el cumplimiento de estas nuevas penas. Refiriéndose a los trabajos en beneficio de la comunidad, el CGPJ señala: "El buen funcionamiento de esta sanción requiere insoslayablemente una infraestructura adecuada que garantice la suficiente oferta de puestos de trabajo. ( ... ) La normativa ahora informada no responde plenamente a estas exigencias".

El futuro decreto entiende por trabajo en beneficio de la comunidad la sanción penal consistente en la prestación de la cooperación personal no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, con interés social y valor educativo, tendente a ser una reparación para la comunidad perjudicada por el ilícito penal".

El trabajo será facilitado por la Administración Penitenciaria y el propio penado "podrá proponer un puesto de trabajo concreto". Los Servicios Sociales Penitenciarios entrevistarán al penado y lo seleccionarán para "el puesto de trabajo más adecuado". La jornada durará un máximo de ocho horas diarias y un mínimo de cuatro, según las cargas personales y familiares del condenado.

El decreto prevé que el arresto de fin de semana se cumpla en el centro penitenciario radicado en el partido judicial donde resida el penado, y, si no existiera, en el depósito municipal de detenidos, siempre que fuera posible. Al arrestado se le abonarán los gastos de desplazamiento, a ser posible en transporte público que no sea taxi. Podrá disponer de radio o televisión a su costa, acceder a los servicios de biblioteca y economato y efectuar una única llamada telefónica al ingresar en el centro penitenciario cada fin de semana. La alimentación se la facilitará el centro.

Aislamiento

El arresto de fin de semana se cumplirá, según el futuro decreto "en régimen de aislamiento". El informe del CGPJ advierte de la necesidad de "evitar los peligros de contagio con los penados clasificados en tercer grado". Según Beltrán, tal riesgo no existe, ya que el arresto de fin de semana está previsto "de forma que no exista contacto con los otros reclusos y ni siquiera entre los que cumplen esta nueva pena, dado el diferente origen de sus condenas".

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