La policía se compromete a borrar de sus ficheros los datos de los sospechosos a los cinco años

La policía no podrá seguir guardando durante años los datos de las personas fichadas como sospechosas. En adelante, los ordenadores policiales serán limpiados periódicamente para borrar de oficio todos los datos relativos a investigaciones que lleven cinco o más años paralizadas, así como de personas que hayan cumplido su condena. La cancelación de los datos personales será inmediataen caso de sentencia absolutoria o de archivo de las diligencias. A iniciativa de la Agencia de Protección de Datos (APD), la Dirección General de la Policía ha regulado por vez primera el funcionamiento de sus fic...

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La policía no podrá seguir guardando durante años los datos de las personas fichadas como sospechosas. En adelante, los ordenadores policiales serán limpiados periódicamente para borrar de oficio todos los datos relativos a investigaciones que lleven cinco o más años paralizadas, así como de personas que hayan cumplido su condena. La cancelación de los datos personales será inmediataen caso de sentencia absolutoria o de archivo de las diligencias. A iniciativa de la Agencia de Protección de Datos (APD), la Dirección General de la Policía ha regulado por vez primera el funcionamiento de sus ficheros.

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En febrero de 1984, el diputado Enrique Curiel, entonces dirigente del PCE, fue detenido durante 45 minutos en el aeropuerto de Barajas al aparecer en el ordenador policial los antecedentes de su militancia antifranquista. En enero de 1990, en Frankfurt (RFA), era la policía alemana la que retenía a Curiel, debido a los datos facilitados por sus colegas españoles a través de Interpol.La persistencia de antecedentes policiales sin justificación es el principal problema detectado por los cuatro inspectores de la Agencia de Protección de Datos que, el pasado mes de marzo, revisaron los ficheros informáticos de la Dirección de la Policía en El Escorial (Madrid) y en el barrio de Canillas, para comprobar su adecuación a la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), en vigor desde enero de 1993.

En el examen aleatorio de los ficheros policiales realizado por los inspectores no se han detectado antecedentes políticos, pero sí casos singulares, como el de algunas ancianas catalogadas desde hacía décadas como prostitutas. Tras la inspección, y tomando como base las sugerencias de la Agencia de Protección de Datos, el director general de la Policía, Ángel Olivares, dictó el 30 de junio una resolución que regula provisionalmente el funcionamiento de los ficheros policiales, la falta de un desarrollo reglamentario en profundidad".

La principal novedad de la resolución radica en la cancelación de oficio de los datos personales contenidos en los archivos de la Policía, siempre que se trate de investigaciones no relacionadas con "amenazas graves e inminentes para la defensa del Estado, orden y seguridad pública, tales como terrorismo, tráfico de drogas o estupefacientes, blanqueo de dinero, siempre que sean cometidos por bandas o grupos organizados, o cualquier otro delito cometido igualmente por bandas o grupos organizados". En otras palabras, no hay obligación de cancelar las fichas de presuntos terroristas, narcotraficantes o mafiosos.

Los datos personales contenidos en diligencias policiales sobre "otros peligros reales para la seguridad pública, distintos de los anteriores", se cancelarán en el plazo de cinco años, a contar desde el momento en que se introdujo el último dato de carácter personal; lo que supone que la investigación está paralizada.

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Respecto a las investigaciones "dirigidas a reprimir otras infracciones penales", que concluyan en sentencia condenatoria, la cancelación de oficio se realizará a los cinco años desde que se cumplió la condena, expiró el plazo de remisión condicional de la pena o se otorgó el indulto.

Absolución

La cancelación se hará de forma inmediata "cuando recayese sentencia definitiva absolutoria" o auto de sobreseimiento, por no ser los hechos constitutivos de delito, desde el momento en que haya resolución judicial firme. "Los datos personales recogidos por cualquier otro motivo", agrega la resolución, "deberán ser cancelados de inmediato".

La Policía deberá contar con "procedimientos que permitan efectuar de modo periódico y automático la cancelación de datos personales" a partir del próximo 1 de abril. Fuentes de la Agencia de Protección de Datos señalan que una de las cuestiones por resolver es el establecimiento de un sistema que garantice que las resoluciones de los tribunales son conocidas de inmediato por la Policía. Tras los ficheros policiales, los responsables de la agencia iniciarán en breve la inspección de los bancos de datos de la Guardia Civil. Ya se ha producido un primer contacto con la Consejería de Justicia e Interior del Gobierno vasco para advertirle que, después de los Cuerpos de Seguridad del Estado, le tocará el turno a la Ertzaintza.

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