Jose María García pierde de nuevo un pleito contra José Ramón de la Morena

El periodista de la COPE había pedido medidas cautelares contra el de la SER

El responsable de deportes de la Cadena COPE, José María García, ha perdido de nuevo un pleito contra José Ramón de la, Morena director del programa El larguero, y la Cadena SER. Se trata de la misma acción judicial en la que García había solicitado también medidas cautelares previas a la sentencia, para impedir a De la Morena que hablara en la radio acerca de su persona.

Tras rechazar tales medidas cautelares en su día, el magistrado juez Eduardo Delgado, titular del juzgado de primera instancia: número 42 de. Madrid, ha desestimado ahora en su totalidad la demanda de José María Garcí...

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El responsable de deportes de la Cadena COPE, José María García, ha perdido de nuevo un pleito contra José Ramón de la, Morena director del programa El larguero, y la Cadena SER. Se trata de la misma acción judicial en la que García había solicitado también medidas cautelares previas a la sentencia, para impedir a De la Morena que hablara en la radio acerca de su persona.

Tras rechazar tales medidas cautelares en su día, el magistrado juez Eduardo Delgado, titular del juzgado de primera instancia: número 42 de. Madrid, ha desestimado ahora en su totalidad la demanda de José María García. Además ha impuesto a este último el pago de las costas.Los hechos a que hace referencia: la resolución judicial se remontan al 11 de diciembre pasado, día en que el programa El larguero comentó unas, declaraciones de Jorge Valdano, entrenador del Real Madrid, sobre José María García. De la Morena concluyó con una cita literaria que venia- a decir que "la amistad del canalla es más peligrosa que su desprecio", sin mencionar a nadie en concreto. El abogado dé, García estimó que esa expresion iba a dirígida contra su defendido y que constituía una intromisión ilegítima en su honor. El, juez ha, desestimado tal demanda al considerar que De la Morena no informó de un hecho sino que hizo un comentario basado en una cita literaria y, por lo tanto, sólo era una opinión.

"Por ello", concluye el juez, "las expresiones proferidas por el demandado no cabe calificarlas de difamatorias en el contexto periodístico de la emisión, que sitúa tales calificaciones lejos del contenido injurioso de, suficiente gravedad como para ser considerado ataque al derecho fundamental al honor", por lo que desestima la demanda.

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