Un jardín en la azotea

El Ayuntamiento aportará dos millones de pesetas al plan para tapizar terrazas con arbustos

Madrid es una ciudad pionera en el ajardinamiento de terrazas y azoteas. Los madrileños no necesitan para ello permiso especial. Por esta razón, el reto lanzado por el tándem jardinero creado entre la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y la Fundación alemana Humboldt para ecologizar los tejados de la gran ciudad no parece topar aquí con grandes resistencias. El Ayuntamiento colaborará con dos millones de pesetas en este plan, según Santiago Romero, de 44 años, arquitecto y responsable desde hace una década del departamento municipal de Parques y Jardines.Los arbustos propu...

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Madrid es una ciudad pionera en el ajardinamiento de terrazas y azoteas. Los madrileños no necesitan para ello permiso especial. Por esta razón, el reto lanzado por el tándem jardinero creado entre la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos y la Fundación alemana Humboldt para ecologizar los tejados de la gran ciudad no parece topar aquí con grandes resistencias. El Ayuntamiento colaborará con dos millones de pesetas en este plan, según Santiago Romero, de 44 años, arquitecto y responsable desde hace una década del departamento municipal de Parques y Jardines.Los arbustos propuestos para ajardinar las azoteas son de los denominados tapizantes, de procedencia alemana. "Estas plantas han dado buen juego en aquel país, pero será necesario ver cuál es su adaptación a las particulares condiciones de humedad y otros factores medioambientales que Madrid muestra", dice Romero.

El responsable madrileño de Parques y Jardines sugiere determinadas especies de arbustos adaptables a la fisonomía madrileña, como el aligustre de bola, de brillante hoja; plantas frondosas -acer variegata y acer ¡apónica-; coníferas -cipreses, pinos enanos- y de árboles singulares como la magnolia grandiflora (cuesta 27.000 pesetas si alcanza dos metros de altura).

La profusión de jardines en áticos y azoteas de edificios madrileños continúa progresivamente, hoy, tras haber comenzado a desplegarse durante la década 1960-1970. Al no existir limitaciones de altura, es frecuente ver en las zonas más elevadas de numerosas construcciones -como la Torre de Madrid- superficies ajardinadas no sólo con arbustos, sino también con pinos, cipreses, magnolios, incluso olivos de mediano o gran tamaño, como muestran también muchas edificaciones del paseo de la Castellana, el barrio de Salamanca y urbanizaciones periféricas.

Las limitaciones se ciñen a los suelos empleados para plantar arbustos o árboles, que exigen unas dimensiones adecuadas para impedir la filtración de las aguas de riego o la proliferación indeseada de largas raíces, fenómeno éste que puede ocasionar disgustos entre los vecinos. Del mismo modo, la textura de los revestimientos y forjados de los techados puede llegar a generar problemas, de no hallarse bien compactadas e impermeabilizadas. Ahora, precisamente, comienzan a aflorar problemas de este tipo desde que se iniciara, hace 30 años, el despliegue de jardines en terrazas de Madrid.

Cultivar árboles en una azotea resulta posible siempre que los techados puedan soportar presiones superiores a los 300-400 kilogramos por metro cuadrado de superficie. Para impedir la filtración de la obligadamente copiosa agua dedicada al riego de estas plantas, es preciso fortificar con cemento los revestimientos del tejado, o bien con cinturones hechos de plástico y materiales bituminosos, comenta una florista de la calle de Panamá. La base de tierra necesaria para permitir la plantación de árboles y arbustos varía desde los 30 centímetros de profundidad, para matas y rosales, hasta los 60 centímetros para, las coníferas.

No existe normativa alguna al respecto de la plantación; está regulada, sin embargo, la tala o el arrancado de los árboles tanto en superficies de uso público como en espacios privados, en este caso si llegan a ser conocidos. La Ordenanza de Protección del Medio Ambiente Urbano establece una serie de sanciones leves, graves y muy graves, que se aplica a aquellas acciones públicas y privadas contra el arbolado.

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Tales prácticas son sancionadas con multas que abarcan de 5.000 a 10.000 pesetas para las leves, de 10.000 a 15.000 para las graves y de 15.000 a 25.000 para las más graves.

Además, todo aquel que haya talado árboles de forma injustificada queda obligado por ley a reponer de su bolsillo el ejemplar arrancado o bien su equivalente en otras especies vegetales.

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