Los coches usados que no hayan pasado la Inspección Técnica no podrán venderse

Los propietarios de vehículos sometidos a la obligación de superar la Inspección Técnica (ITV) no podrán ser transferidos si no han superado las pruebas, según un decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros, que adapta a España las directivas europeas sobre la inspección de vehículos con más de cuatro años. El mismo decreto contempla la posibilidad de dar la baja temporal a los vehículos que no se usen.

La modificación de las normas que regulan la Inspección Técnica de Vehículos afecta a varios aspectos incluidos en las directivas europeas, que han dejado obsoleta la legislaci...

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Los propietarios de vehículos sometidos a la obligación de superar la Inspección Técnica (ITV) no podrán ser transferidos si no han superado las pruebas, según un decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros, que adapta a España las directivas europeas sobre la inspección de vehículos con más de cuatro años. El mismo decreto contempla la posibilidad de dar la baja temporal a los vehículos que no se usen.

La modificación de las normas que regulan la Inspección Técnica de Vehículos afecta a varios aspectos incluidos en las directivas europeas, que han dejado obsoleta la legislación española de 1985. Para tramitar la compraventa de vehículos será requisito indispensable la presentación de la tarjeta de Inspección Técnica actualizada. Esta condición también se aplicará a los vehículos autorizados para el transporte. De no ser así, los agentes están facultados para retirar el permiso de circulación del vehículo.A lo largo de este año, muchos propietarios de turismos con tan sólo cuatro años de antigüedad se han visto sorprendidos al recibir noticias de su comunidad autónoma para que acudieran a pasar la ITV. Creían que la medida sólo era obligatoria a partir del quinto año. Este período ha quedado reducido, oficialmente, a cuatro años. Del cuarto año al décimo la inspección será binaual y a partir del décimo, anual.

La revisión técnica se va a extremar en aspectos sobre los que apenas se incidía hasta ahora aunque tienen mucha repercusión sobre el medio ambiente, como son la emisión de gases contaminantes y el ruido. En ese sentido, el Ministerio de Industria y Energía, departamento responsable de esta normativa, se propone seguir de cerca el cumplimiento del Manual de Inspección, de manera que se unifiquen los criterios por parte de todas las ITV, cuyo control directo depende de las comunidades autónomas.

El decreto contempla la puesta en marcha de una campaña de auditorías externas a toda la red de centros de ITV para garantizar esta unidad de. criterios. Era de esperar. En ciudades grandes como Madrid o Barcelona ya se había extendido entre los automovilistas la impresión de que en determinadas ITV resulta mucho más fácil que en otras pasar la revisión.

Lo mismo ocurre con las estaciones de ITV fronterizas entre comunidades autónomas, algunas de las cuales, como Aragón y Canarias, no han tramitado con diligencia los datos sobre el control de revisiones de sus ITV.

Los resultados de estas inspecciones serán comunicados a los órganos competentes de las comunidades autónomas, como hasta ahora, pero también se anotarán en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

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Este registro se cruzará con el banco de datos que la patronal del seguro UNESPA monta en Zaragoza. Mediante este cruce de datos, cuya regulación se contiene en un acuerdo que será firmado el próximo lunes en Madrid, se pretende extremar el control de los miles de vehículos que circulan sin seguro y sin pasar la ITV.

Quedan excluidos de la obligatoriedad de esta inspección aquellos vehículos fuera de uso. Los hay que pasan años en garajes por voluntad de sus propietarios o, simplemente, porque están ausentes. Para estos casos, el decreto prevé la posibilidad de poder darlos de baja temporal -por un coste inferior a las mil pesetas- en la Jefatura Provincial de Tráfico, que lo comunicará al registro antes mencionado y a la comunidad autónoma correspondiente.

Por último todos los vehículos inmersos en accidentes que afecten a elementos básicos de su constitución deberán pasar la ITV antes de volver a circular, si así lo estima el agente de tráfico que realice el atestado.

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