El Tribunal Supremo apela al poder moderador del Rey contra un fallo del Constitucional

Los magistrados de la Sala Primera de lo Civil del Supremo decidieron ayer elevar al Rey, "como máximo poder moderador del Estado", su malestar e inquietud por la actuación del Tribunal Constitucional, al que responsabilizan de invadir 9a función jurisdiccional que, con arreglo a la Constitución, corresponde a los jueces y tribunales". La queja está motivada por la decisión del alto tribunal de considerar firme una sentencia que había anulado el Supremo. En esta sentencia anulada se declaraba padre a un piloto que no quiso someterse a la prueba biológica de paternidad.

Es la primera vez...

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Los magistrados de la Sala Primera de lo Civil del Supremo decidieron ayer elevar al Rey, "como máximo poder moderador del Estado", su malestar e inquietud por la actuación del Tribunal Constitucional, al que responsabilizan de invadir 9a función jurisdiccional que, con arreglo a la Constitución, corresponde a los jueces y tribunales". La queja está motivada por la decisión del alto tribunal de considerar firme una sentencia que había anulado el Supremo. En esta sentencia anulada se declaraba padre a un piloto que no quiso someterse a la prueba biológica de paternidad.

Es la primera vez que magistrados del Supremo se rebelan contra el Constitucional. La decisión que ha desencadenado el conflicto fue adoptada el pasado 17 de enero por la Sala Primera del alto tribunal. Su ponente fue precisamente el presidente del Constitucional, Miguel Rodríguez-Piñero.Además de anular la sentencia de 1992 en la que el Supremo dio prioridad al derecho a la intimidad sin otorgar valor a la negativa del supuesto padre a la prueba biológica, el Constitucional declaró firme la resolución precedente de la Audiencia de Madrid, que ya había sido anulada por el Supremo.

En la sentencia de la Audiencia, de 1990, se declaró la paternidad del demandado, ante su "contumaz negativa" a la prueba y habida cuenta de la existencia de otros indicios de que era el padre.

Los magistrados de la Sala de lo Civil del Supremo, encabezados por su presidente, Gumersindo Burgos -que sustituye a Ignacio Sierra mientras éste sea vocal del Consejo General del Poder Judicial-, invocan el artículo 56 de la Constitución, en el que se afirma que el Rey "arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones".

Para estos magistrados del Supremo, la irregularidad en la que ha incurrido el Constitucional es desconocer el artículo 117 de la norma suprema, según el cual la justicia "se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del poder judicial".

Previamente fue desestimada la propuesta de cuatro magistrados, que proponían denunciar al Constitucional ante el Ministerio Fiscal por invasión de jurisdicción, lo que debería ser juzgado por la Sala Segunda del Supremo. Otra propuesta, que obtuvo un solo voto, consistía en incumplir la resolución del alto tribunal, con lo que se daría al demandado, declarado padre, la posibilidad de someterse a la prueba.

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El Constitucional otorgó el amparo solicitado por considerar que la tutela judicial efectiva "exige de jueces y tribunales que realicen actividades necesarias para garantizar la práctica de pruebas que, como la biológica en este caso, son idóneas, casi insustituibles, para garantizar la base fáctica de la pretensión".

"Contradicción esencial"

El Constitucional razonó que sólo debían anularse "aquellas resoluciones judiciales que de forma directa e inequívoca han infringido el derecho fundamental" a la tutela judicial efectiva. En consecuencia, anuló la del Supremo, de la que fue ponente el magistrado Matías Malpica. Le reprochó una "contradicción esencial": "Afirmar la necesidad de una prueba para comprobar la veracidad de las alegaciones de la demandante ( ... ) y fallar sobre a base de que no se ha probado suficientemente".

En cambio, el alto tribunal declaró firme la anterior sentencia de la Audiencia de Madrid, de la que fue ponente el magistrado Joaquín Navarro Estevan, porque esta resolución corrigió "las infracciones constitucionales apreciadas en la sentencia de instancia" y utilizó "medios válidos y antes empleados por el mismo Tribunal Supremo [entre otras, en la sentencia que declaró padre al torero Manuel Benítez, El Cordobés] para salvaguardar los derechos del menor y de la madre".

El Constitucional justificó su decisión contraria a la del Supremo en Ia necesidad de que se haga efectivo también", según su sentencia, "el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas". Contra el criterio de la mayoría, el magistrado Pedro Cruz Villalón, favorable al amparo, estimó que deberían haberse anulado todas las resoluciones del caso y proceder "a la práctica de la prueba biológica en su día acordada por el juzgado de primera instancia".

¿Poder judicial o intérprete de la Constitución?

La rebelión de los magistrados del Supremo por presunta invasión del Constitucional en sus funciones judiciales reproduce las quejas que desde el poder legislativo se han dedicado a veces al alto tribunal: no atenerse a su función de intérprete máximo de la Constitución y convertirse en una tercera Cámara legislativa. Pero ningún miembro de un poder del Estado había pedido hasta ahora el arbitraje del Rey.La jefa de Relaciones con los Medios de Comunicación de la Casa Real, Asunción Valdés, declaró a Servimedia que no habrá un pronunciamiento oficial hasta conocer el documento de los magistrados.

Pedro de Vega y Javier Pérez Royo, dos catedráticos de Derecho Constitucional cuyos nombres se han barajado para formar parte del alto tribunal, han expresado sus discrepancias sobre el polémico documento.

De Vega señaló que el tribunal no puede ser una instancia de "supercasación" y que "la vocación expansiva que el Constitucional está mostrando para resolver asuntos que no tenía que haber resuelto distorsiona todo el sistema judicial".

En cambio, Pérez Royo, tras calificar de "monstruosidad meter al Rey en este asunto", declaró que el Constitucional "se está manteniendo perfectamente dentro de lo que es su función". Añadió que en la sentencia sobre paternidad, el alto tribunal "no ha invadido la esfera del poder judicial".

Federico Trillo, vicepresidente del Congreso y responsable de asuntos jurídicos del PP, consideró "insólita" la iniciativa de la Sala Primera del Supremo y advirtió que el Rey "no puede tomar ninguna actitud que no sea aquella famosa de la Corona británica, propia de una monarquía parlamentaria: escuchar, aconsejar y advertir".

Diego López Garrido, catedrático de Derecho Constitucional y diputado de IU, consideró "desmesurada" la decisión de los magistrados y recordó que el Rey no tiene competencias en esta materia.

El portavoz socialista en la Comisión Constitucional del Congreso, José María Mohedano, afirmó que "no está previsto en la Constitución" que un tribunal apele al Rey contra otro. Mohedano consideró que habría sido más procedente que los magistrados se hubieran dirigido al presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Pascual Sala. Éste no quiso pronunciarse ayer hasta conocer los términos concretos del memorándum.

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