La norma es discrecional y confusa, según Gabaldón

El magistrado del Tribunal Constitucional, José Gabaldón, señala en su voto particular a la sentencia que toda la normativa de radiodifusión registra la máxima discrecionalidad, "consecuencia", dice, "de la atribución del carácter de servicio público a la prensa, radio y televisión, cuyo principal efecto es que el derecho subjetivo (que es un derecho fundamental) ya no se configure como derecho sometido a licencia ( ... ), sino que se convierte en una mera expectativa para obtener una concesión o una simple facultad de gestión otorgada por la Administración".Para Gabaldón existe también una co...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El magistrado del Tribunal Constitucional, José Gabaldón, señala en su voto particular a la sentencia que toda la normativa de radiodifusión registra la máxima discrecionalidad, "consecuencia", dice, "de la atribución del carácter de servicio público a la prensa, radio y televisión, cuyo principal efecto es que el derecho subjetivo (que es un derecho fundamental) ya no se configure como derecho sometido a licencia ( ... ), sino que se convierte en una mera expectativa para obtener una concesión o una simple facultad de gestión otorgada por la Administración".Para Gabaldón existe también una confusión entre los aspectos técnicos (licencia o autorización de instalaciones), los derivados de las exigencias técnico-materiales (frecuencias, alcance de las emisiones, interferencias) y los jurídicos de la gestión de la actividad, "cuya regulación por separado contribuiría a garantizar la libertad en la creación de los medios".

Más información
Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En