El Supremo condena con la cárcel a 5 soldados autores de una novatada

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha condenado a un total de cuatro años y medio de cárcel, por los delitos de abuso de autoridad eimprudencia temeraria, al cabo y a los cuatro soldados que el 27 de octubre 1988 en la base militar de Marines (Valencia), causaron graves quemaduras a un compañero, José Jiménez Martínez, al que pretendían gastar una novata

La sentencia difundida ayer, que anula la absolución dictada el 20 de mayo pasado por el Tribunal Militar Territorial de Valencia, invoca, entre otros tratados internacionales, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la C...

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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha condenado a un total de cuatro años y medio de cárcel, por los delitos de abuso de autoridad eimprudencia temeraria, al cabo y a los cuatro soldados que el 27 de octubre 1988 en la base militar de Marines (Valencia), causaron graves quemaduras a un compañero, José Jiménez Martínez, al que pretendían gastar una novata

La sentencia difundida ayer, que anula la absolución dictada el 20 de mayo pasado por el Tribunal Militar Territorial de Valencia, invoca, entre otros tratados internacionales, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención contra la Tortura.La sentencia, aprobada por unanimidad de los miembros del tribunal, que presidió el propio presidente de la Sala de lo Militar del Supremo, José Jiménez Villarejo, interpreta de forma progresista y novedosa el Código de Justicia Militar, al señalar que el delito de abuso de autoridad "trata de proteger más de un bien jurídico, el más importante de los cuales -con serlo en grado sumo- no es la disciplina, sino la dignidad humana y la integridad física del inferior".

Basándose en este criterio, y en la premisa de que la condición de superior tiene carácter permanente, en contra de lo que sostenía el tribunal militar de Valencia, el Supremo condena al cabo José Ángel Montejano como autor de un delito de abuso de autoridad y a los cuatro soldados como cooperantes necesarios para el mismo. Además, condena al cabo, que roció un líquido inflamable sobre el cuerpo de la víctima, y al soldado Pedro Sola García, que prendió fuego, por el delito de imprudencia temeraria con resultado de lesiones graves.

La sentencia reconoce que, como el tribunal de Valencia no se pronunció sobre el delito de imprudencia temeraria y el nuevo fallo no es recurrible, puede producirse cierta indefensión, pero considera prioritario el "derecho a un proceso sin dilaciones indebidas" recogido por la Constitución.

Las penas dictadas por el Supremo -un año y tres meses de prisión, más multa de 100.000 pesetas, para el cabo Montejano y el soldado Sola, y ocho meses de cárcel para los soldados José Tomás Martínez, Manuel Sarabia y Rafael Segarra- equivalen aproximadamente a la mitad de las pedidas por el fiscal y a la cuarta parte de las que reclamó la acusación particular (17 años en conjunto). El tribunal ha valorado la gravedad de los hechos y "la importancia que el principio de ejemplaridad tiene para el derecho penal militar", pero también el hecho de que los acusados no fueran militares profesionales.

Los dos principales condenados, Montejano y Sola, deberán indemnizar a José Jiménez con 3.664.000 pesetas, frente a los 10 millones que pidió la acusación particular, y pagar las 305.060 pesetas que costó el tratamiento de las quemaduras. Al haberse declarado insolventes, el Estado deberá pagar las indemnizaciones. Los condenados han cumplido ya entre uno y tres meses de prisión preventiva, por lo que podrían evitar el ingreso en la cárcel.

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Los magistrados no ocultan en la sentencia su escándalo y estupor ante unos hechos que provocaron al soldado José Jiménez quemaduras de segundo grado en el 22% de su cuerpo y que califican de "brutal esparcimiento a costa de la víctima" y de "procaz divertimento de gentes que se diría momentáneamente desalmadas".

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