Las multas de tráfico caducarán al mes de cumplido el plazo

Las multas de tráfico caducarán al mes de cumplirse la fecha en que la Administración del Estado debió dictar resolución al respecto, en caso de que no lo hiciera. Esta norma, que entrará en vigor dentro de tres meses, se publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y forma parte del paquete de medidas de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Según esta ley, los procedimientos que se inicien a instancia de la Administración, como las multas y sanciones, prescribirán un mes después de que se agote el plazo máximo previsto para su resolución.

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Las multas de tráfico caducarán al mes de cumplirse la fecha en que la Administración del Estado debió dictar resolución al respecto, en caso de que no lo hiciera. Esta norma, que entrará en vigor dentro de tres meses, se publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y forma parte del paquete de medidas de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Según esta ley, los procedimientos que se inicien a instancia de la Administración, como las multas y sanciones, prescribirán un mes después de que se agote el plazo máximo previsto para su resolución.

Con la entrada en vigor de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, el Gobierno pretende "configurar una Administración más cercana al ciudadano, a la que se podrán exigir más directamente sus responsabilidades", según señaló ayer el ministro para las Administraciones Públicas, Juan Manuel Eguiagaray. Esta ley, que sustituye a la Ley de Régimen de la Administración del Estado de 1957, la llamada ley López Rodó, forma parte del paquete de medidas con el que el Gobierno pretende realizar una modernización de la Administración.

Medidas relevantes

Algunas de las medidas más relevantes de esta ley son la supresión del silencio administrativo, esto es, que a partir de ahora, la Administración está obligada a responder a los expedientes de los ciudadanos y, si en un plazo concreto no se produce la respuesta, se supone aceptada la demanda del ciudadano. Antes de esta ley regía el llamado "silencio administrativo", según el cual, la falta de respuesta de la Administración a una demanda ciudadana, al cabo de un tiempo, se interpretaba como una denegación.Esta ley reconoce también el derecho de los ciudadanos a identificar a las autoridades y personal de las Administraciones Públicas que tramitan sus solicitudes, a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su comunidad autónoma, a no presentar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante, a entregar sus documentos en cualquier órgano de la Administración Central o autonómica, independientemente de a quien vaya dirigido.

Asimismo, los ciudadanos, de acuerdo con la ley, tendrán derecho al acceso a archivos y registros de las Administraciones Públicas, a obtener información jurídica y técnica, y al reconocimiento de la responsabilidad patrimonial directamente por las administraciones públicas y de oficio.

Respecto al reconocimiento de la responsabilidad patrimonial del Estado, en casos históricos como el desbordamiento de la presa de Tous, los afectados no tendrían que demostrar la responsabilidad subjetiva de un empleado público sino de la Administración en su conjunto. "Se trata de eliminar privilegios a la Administración con respecto al ciudadano", señaló Eguiagaray.

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