El Estado pagará en un plazo un máximo de tres meses

El proyecto de ley de Contratos de las Administraciones Públicas se adapta a la directiva comunitaria sobre la materia y no varía el plazo de pago de los contratos al mantenerlo en el tope de tres meses, manifestó ayer Enrique Martínez Robles, subsecretario del Ministerio de Economía y Hacienda, poco después de que el Consejo de Ministros aprobara el texto legal. A partir de esa fecha límite, el Estado deberá pagar los correspondientes intereses de demora que se establecen en los Presupuestos Generales del Estado, y que actualmente están fijados en el 11,5%.El proyecto de ley, que será tramita...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El proyecto de ley de Contratos de las Administraciones Públicas se adapta a la directiva comunitaria sobre la materia y no varía el plazo de pago de los contratos al mantenerlo en el tope de tres meses, manifestó ayer Enrique Martínez Robles, subsecretario del Ministerio de Economía y Hacienda, poco después de que el Consejo de Ministros aprobara el texto legal. A partir de esa fecha límite, el Estado deberá pagar los correspondientes intereses de demora que se establecen en los Presupuestos Generales del Estado, y que actualmente están fijados en el 11,5%.El proyecto de ley, que será tramitado con urgencia para que su entrada en vigor se produzca dentro del plazo marcado por la Comunidad Europea, establece las condiciones para que las sociedades de otros países comunitarios puedan realizar obras públicas o ser suministradores del Estado.

Más información

Según Martínez Robles, no se puede hablar de un texto consensuado, pero, dijo, "durante dos años han aportado sus ideas y matizaciones distintos ministerios, todas las comunidades autónomas, asociaciones empresariales y la Federación de Municipios y Provincias".

El nuevo texto, añadió Martínez Robles, es válido para todas las administraciones públicas y preserva la claridad en la contratación, simplifica los procedimientos y facilita el acceso de los contratistas a los concursos.

La contratación directa, que se hará en casos muy excepcionales, pasa a denominarse procedimiento negociado y deberá hacerse con publicidad. Además, el proyecto establece plazos más amplios de publicidad en todos los procedimientos de licitación, prevé que cada comunidad autónoma cuente con su propio registro de contratistas y busca la igualdad y la no discriminación en el acceso a los contratos.

Publicidad obligada

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

En concreto, se impone la obligación ineludible de que se publique en los diferentes boletines de las comunidades autónomas la persona o empresa que se haya adjudicado la obra en licitación. El Registro Oficial de Contratistas de Obras pasará a depender del Ministerio de Economía y Hacienda, en lugar del Ministerio de Industria y Comercio como hasta ahora.La futura ley reemplazará a la Ley de Contratos que está en vigor desde 1965.

Archivado En