Jueces y fiscales impugnan la designación del fiscal del Estado

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y la Asociación de Fiscales (AF) -mayoritarias en las respectivas carreras jurídicas, y de tendencia conservadora- recurrieron ayer el acuerdo del Gobierno de designar fiscal general del Estado al magistrado Eligio Hernández. Los recurrentes recuerdan que la "evidente confianza del Gobierno" en la que descansan los cargos de delegado gubernativo desempeñados por Hernández hace especialmente incorrecto que se le compute como de "ejercicio efectivo" de su profesión de magistrado el tiempo dedicado a cometidos explícitamente incompatibles con...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y la Asociación de Fiscales (AF) -mayoritarias en las respectivas carreras jurídicas, y de tendencia conservadora- recurrieron ayer el acuerdo del Gobierno de designar fiscal general del Estado al magistrado Eligio Hernández. Los recurrentes recuerdan que la "evidente confianza del Gobierno" en la que descansan los cargos de delegado gubernativo desempeñados por Hernández hace especialmente incorrecto que se le compute como de "ejercicio efectivo" de su profesión de magistrado el tiempo dedicado a cometidos explícitamente incompatibles con la magistratura.

El portavoz de la AF, Juan Ortiz Úrculo, explicó a este periódico que "detrás de la formalidad de exigir 15 años de ejercicio de una profesión jurídica se encuentra algo más importante: el deseo legal de conseguir que quien se encuentra en la cúpula del Ministerio Fiscal tenga la máxima propensión hacia la objetividad".

El recurso de la APM fue interpuesto por su presidente, Ramón Rodríguez Arribas, y consta de 15 folios. Justifica el "interés directo" de la APM en que, entre los cometidos del Ministerio Fiscal, figura la defensa de la independencia judicial. La AF alega una sentencia del Tribunal Constitucional que le otorga legitimación para recurrir.

15 años de profesión jurídica

La APM afirma que la designación del fiscal general es un acto administrativo sujeto al control judicial. Invoca el artículo 29 del Estatuto del Ministerio Fiscal, según el cual el fiscal general del Estado se designará entre juristas de reconocido prestigio "con más de 15 años de ejercicio efectivo de su Profesión", lo cual excluye, según los recurrentes, el desempeño de cargos políticos. De ahí que consideren que Hernández sólo cuenta con menos de siete años de ejercicio efectivo como magistrado, ya que no se pueden computar como tal los más de siete años que sirvió como delegado del Gobierno y gobernador civil en Canarias ni el tiempo de vocal del Consejo General del Poder Judicial.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En