LA SEGURIDAD CIUDADANA EN LA LEGISLACIÓN EUROPEA

En Alemania sólo se registra una casa si lo ordena el juez o el fiscal

Límites y condiciones a la 'patada en la puerta' en las democracias occidentales

Entre los límites y condiciones de las democracias occidentales a la patada en la puerta, en Alemania -donde nunca se permite la iniciativa policial-, a falta de autorización judicial para la entrada y registro de un domicilio sin permiso de su titular, se exige el control de la fiscalía.El artículo 13 de la Ley Fundamental de Bonn [Constitución alemana] dice: "El domicilio es inviolable. Los registros sólo podrán ser ordenados por la autoridad judicial y, cuando sea peligroso demorarlos, por los demás órganos previstos en las leyes, y únicamente podrán realizarse en la forma establecid...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Entre los límites y condiciones de las democracias occidentales a la patada en la puerta, en Alemania -donde nunca se permite la iniciativa policial-, a falta de autorización judicial para la entrada y registro de un domicilio sin permiso de su titular, se exige el control de la fiscalía.El artículo 13 de la Ley Fundamental de Bonn [Constitución alemana] dice: "El domicilio es inviolable. Los registros sólo podrán ser ordenados por la autoridad judicial y, cuando sea peligroso demorarlos, por los demás órganos previstos en las leyes, y únicamente podrán realizarse en la forma establecida".

La ley Procesal Penal alemana justifica el registro personal o domiciliario del sospechoso de hechos delictivos concretos, si existe la presunción concreta de que el registro conducirá hacia ellos, pero siempre con previa orden judicial. No obstante, el artículo 105 prevé que "en caso de peligro de demora en su consecución y urgencia, también es competente el fiscal o un funcionario ayudante del fiscal". Nunca cabe la mera iniciativa policial.

Más información

El catedrático de Derecho Penal Enrique Gimbernat resalta este aspecto de la legislación alemana, dada la diferencia de que los registros domiciliarios los realice la policía administrativa -los meros "agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad", según la ley Corcuera- o se hagan bajo control del fiscal. En Estados Unidos, la IV Enmienda a la Constitución establece que "no será violable el derecho de los individuos a la seguridad de sus personas, domicilios, papeles y efectos contra registros y privaciones de libertad irrazonables", y la regla general es no librar ningún mandamiento. Está admitida la detención en caso de delitos flagrantes, que según el Common Law (derecho consuetudinario) son los "perceptibles sensorialmente".

La 'buena fe' policial

La entrada en un domicilio sin mandamiento judicial se permite "cuando el policía justifique que concurría una situación de urgencia tal que no permitía pedirlo al juez sin riesgo de dispersión, alteración o pérdida de material probatorio". Últimamente los jueces convalidan las entradas irregulares cuando la policía demuestra haber obrado "de buena fe". En este mismo marco de pragmatismo, en el Reino Unido se permite a la policía entrar en un domicilio particular sin mandamiento judicial para detener a una persona por un delito grave.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

En Francia, los registros domiciliarios requieren consentimiento explícito y "manuscrito" de la persona afectada o mandamiento judicial, salvo en caso de flagrancia. En tal supuesto, según el Código de Procedimiento Penal francés, el oficial de la policía judicial procederá al registro, del que levantará acta.

El derecho italiano parte de un contexto constitucional similar al español -el artículo 14 dice "el domicilio es inviolable"-, pero menos taxativo, en cuanto permite registros policíales en los casos establecidos por la ley y conforme a las garantías necesarias para salvaguardar la libertad personal.

El Código Procesal Penal italiano autoriza el registro domiciliario sin autorización judicial en los casos de delito flagrante por parte de "los oficiales de la policía judicial". El catedrático de Derecho Penal José Manuel Gómez Benítez observa que, a diferencia de lo que ocurre en el caso de la detención, el código no habilita a "la fuerza pública", sino sólo a la policía judicial.

La definición de flagrancia en el Código Procesal Penal italiano es la siguiente: 'Se hallará en estado de fiagrancia el sujeto que sea sorprendido en el momento de cometer un delito, o si, inmediatamente después de haber cometido el delito, es sorprendido por la policía judicial (...). En los delitos permanentes, el estado de flagrancia durará hasta que no haya cesado la permanencia".

El prestigioso penalista italiano Carnelutti explica así la fiagrancia: "...Flagrante es el delito, en general, mientras se ve, esto es, por quien lo ve cometer; en otras palabras, por quien está presente en su perpetración...".

Archivado En