Anulados los fallos contra alimentacion forzosa de tres presas

El pleno del Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo solicitado por el Ministerio Fiscal para la Administración Penitenciaria en su pugna con los presos de los Grupos de Resistencia Antifascista Primeros de Octubre (GRAPO) en huelga de hambre, en concreto con tres reclusas que lograron una resolución judicial favorable al cese de la alimentación asistida. El fallo del alto tribunal anula estas resoluciones y avala la alimentación y asistencia médicas, "incluso con el concurso de la coacción material mínima imprescindible".

En las resoluciones anuladas, el Juzgado de Vigilancia...

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El pleno del Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo solicitado por el Ministerio Fiscal para la Administración Penitenciaria en su pugna con los presos de los Grupos de Resistencia Antifascista Primeros de Octubre (GRAPO) en huelga de hambre, en concreto con tres reclusas que lograron una resolución judicial favorable al cese de la alimentación asistida. El fallo del alto tribunal anula estas resoluciones y avala la alimentación y asistencia médicas, "incluso con el concurso de la coacción material mínima imprescindible".

En las resoluciones anuladas, el Juzgado de Vigilancia Penitenciarla de Logroño y la Audiencia de la misma provincia accedieron a dejar sin efecto la alirnentación asistida y el tratamierito médico acordado a las reclusas Josefina García Aramburu, María Teresa de Jesús González Rodríguez y Carmen López Anguita, que habían sido trasladadas desde la cárcel de Basauri (Vizcaya) a la de Logroño.

Las internas en huelga de hambre en Basauri solicitaron de los órganos judiciales que fuera respetada su voluntad de permanecer en huelga de hambre reivindicativa y, por tanto, que cesara el tratamiento médico y alimentario al que forzosamente estaban sometidas. Al acceder a ello los órganos judiciales de la Rioja, se modificó "lo que ya había sido decidido por resoluciones judiciales firmes". El Tribunal Constitucional deja ahora subsistente lo ordenado en su día por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Bilbao y ratificado por la Audiencia de la misma ca pital.

El alto tribunal se ratifica en su doctrina sobre la corrección de la alimentación forzosa "en el supuesto en que las internas se abstengan voluntariamente de ingerir alimentos y de reclbl asistencia médica, de modo que su vida corra un riesgo inminente constitucionalmente intolerable". Y recuerda que las reclusas presentaron un recurso de ampa ro contra las resoluciones de Bilbao, que no fue admitido a trámite por el alto tribunal.

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