El Constitucional reitera la legalidad de la alimentación forzosa a grapos

El Tribunal Constitucional ha vuelto a reiterar la legalidad de la alimentación forzosa en el caso de los presos de los GRAPO en huelga de hambre. Este fallo, coincidente con el formulado el pasado 27 de junio por este mismo tribunal, se ha producido en relación con un recurso presentado en nombre de los internos de esta organización terrorista José Carlos Comesaña Costas Francisco Javier Ros Díaz y Pablo Fernández Villalabeitia a raíz de que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Guadalajara autorizara que se les alimentase a la fuerza cuando se encontraban ingresados en el hospital pr...

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El Tribunal Constitucional ha vuelto a reiterar la legalidad de la alimentación forzosa en el caso de los presos de los GRAPO en huelga de hambre. Este fallo, coincidente con el formulado el pasado 27 de junio por este mismo tribunal, se ha producido en relación con un recurso presentado en nombre de los internos de esta organización terrorista José Carlos Comesaña Costas Francisco Javier Ros Díaz y Pablo Fernández Villalabeitia a raíz de que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Guadalajara autorizara que se les alimentase a la fuerza cuando se encontraban ingresados en el hospital provincial del Insalud de la citada ciudad.

El alto tribunal manifiesta que "tales restricciones [las derivadas de la alimentación forzosa], no constituyen lesión de aquellos derechos a la integridad física, ni a los ahora examinados, sin olvidar que la ley orgánica general penitenciaria permite esas mismas medidas y es en este sentido la ley a la que se remite genéricamente el artículo 17.2 de la Constitución".

Por otro lado, el presidente de este tribunal, Francisco Tomás y Valiente, defendió que la elección de los miembros de este organismo se produzca no como reparto de cuotas entre partidos, sino por consenso, informa Europa Press. En una conferencia pronunciada en la clausura del curso de verano de la Universidad Complutense de Madrid, Tomás y Valiente dijo que no le preocupó ni un minuto el fallo sobre la fórmula por la que se declaró válido el método de prometer la Constitución de los diputados de Herri Batasuna.

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