LA BATALLA POR EL VOTO

La intromisión ilegítima

La ley de Protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen señala en su artículo séptimo, apartado sexto, que se considera intromisión ilegítima la utilización del nombre, de la voz o la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga", a no ser que dé su consentimiento.Este texto legal recoge la posibilidad de que personas de notoriedad pública vean reproducida su imagen en textos informativos (no publicitarios). Así, indica que el derecho a la propia imagen no impedirá dicha reproducción o publicación "cuando se trat...

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La ley de Protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen señala en su artículo séptimo, apartado sexto, que se considera intromisión ilegítima la utilización del nombre, de la voz o la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga", a no ser que dé su consentimiento.Este texto legal recoge la posibilidad de que personas de notoriedad pública vean reproducida su imagen en textos informativos (no publicitarios). Así, indica que el derecho a la propia imagen no impedirá dicha reproducción o publicación "cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público". Esta excepción no será de aplicación "respecto a autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de las personas que las ejerza".

Más información

La ley fue aprobada el 20 de abril de 1982 por el Congreso sin apenas debate, por 252 votos a favor, 28 en contra y tres abstenciones. Se promulgó el 5 de mayo de 1982.

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