La reforma de Moscoso para el proceso penal

El fiscal general del Estado, Javier Moscoso, propuso ayer una reforma del sistema penal encaminada a que el fiscal instruya los procesos y el juez se limite únicamente a juzgarlos. Moscoso señaló que la realidad diaria demuestra que el procedimiento está desfasado y que son precisos nuevos instrumentos técnico-procesales y una nueva reorganización y dotación de los medios materiales y personales. El fiscal del Estado culpó a la "recargada burocracia formal" con "formulismos arcaicos y complicados ritos" del retraso en la justicia penal, y sugirió la simplificación del proceso con la sustituci...

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El fiscal general del Estado, Javier Moscoso, propuso ayer una reforma del sistema penal encaminada a que el fiscal instruya los procesos y el juez se limite únicamente a juzgarlos. Moscoso señaló que la realidad diaria demuestra que el procedimiento está desfasado y que son precisos nuevos instrumentos técnico-procesales y una nueva reorganización y dotación de los medios materiales y personales. El fiscal del Estado culpó a la "recargada burocracia formal" con "formulismos arcaicos y complicados ritos" del retraso en la justicia penal, y sugirió la simplificación del proceso con la sustitución de toda su fase escrita por su exposición oral ante el juez, tribunal o jurado.Según la reforma propuesta por Moscoco, el fiscal, en lugar del juez, será el encargado de realizar la instrucción, y así los jueces podrán dedicarse al cometido que les asigna la Constitución, que es juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. El fiscal no es autoridad judicial y, por tanto, la instrucción no tendría la misma naturaleza que la que actualmente realizan los jueces. Es decir, que las diligencias realizadas ante el fiscal no podrán constituir la mínima actividad probatoria para fundamentar en ellas una sentencia de condena.

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Si tras la instrucción la fiscalía considerase que no existieran pruebas suficientes para acusar, decretará el archivo. Esa decisión no producirá efectos de cosa juzgada, por lo que, si aparecieran nuevas pruebas, el proceso contra el implicado podría reabrirse.

Para los delitos menores, el fiscal, en resumen, propone la denominada justicia del mazo: eliminar la obsesión por la escritura e implantar la oralidad, con detención en los calabozos y supresión de la prisión preventiva. El procedimiento se iniciaría con el acta de acusación del fiscal, y en 24 horas la defensa y la acusación, si la hubiera, calificarían los hechos y propondrían pruebas. El juicio se celebraría en los tres días siguientes. Este proceso' supondría la habilitación de calabozos judiciales, la adscripción de peritos al juzgado y policía judicial que realice las gestiones para asegurar el cumplimiento de los plazos.

De los delitos más importantes conocería el tribunal o el jurado. Se suprimiría asimismo el auto de procesamiento, que sería sustituido por el de medidas cautelares. Este modelo responde a la concepción anglosajona del derecho procesal, y, según el fiscal general, otros estados europeos, como Italia, Portugal y República Federal de Alemania, están realizando también el cambio.

Según el fiscal, este nuevo modelo propuesto evitaría la imposición de condenas varios años después de la comisión del delito y además eliminaría el problema que ha surgido tras la sentencia del Tribunal Constitucional al separar la función de instruir y la de juzgar.

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