Las tasas que

la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana pasa al cobro anualmente entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre no son exigibles de forma obligatoria, según el dictamen realizado por los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Madrid....

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana pasa al cobro anualmente entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre no son exigibles de forma obligatoria, según el dictamen realizado por los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Madrid.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En