El Estado aumentará su control sobre las federaciones

Otro de los puntos significativos de la futura Ley del Deporte es el que aborda, de nuevo, la estructura que deben tener las federaciones deportivas, a las que considera como "entidades de derecho privado que ejercen competencias de carácter público, que le son delegadas por el Estado en régimen de monopolio y financiación pública". La Ley reconoce personalidad jurídica a las federaciones territoriales, por lo cual limita las competencias de las federaciones españolas a la competición nacional. Y, a partir de ahí, introduce varios mecanismos de control.Así, en cuestiones económicas, la Ley exi...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Otro de los puntos significativos de la futura Ley del Deporte es el que aborda, de nuevo, la estructura que deben tener las federaciones deportivas, a las que considera como "entidades de derecho privado que ejercen competencias de carácter público, que le son delegadas por el Estado en régimen de monopolio y financiación pública". La Ley reconoce personalidad jurídica a las federaciones territoriales, por lo cual limita las competencias de las federaciones españolas a la competición nacional. Y, a partir de ahí, introduce varios mecanismos de control.Así, en cuestiones económicas, la Ley exigirá que los presupuestos federativos no pueden ser aprobados con déficit y que las federaciones españolas se financien, primero, con sus ingresos propios, para ser luego el CSD quien complete el resto del presupuesto. El CSD podrá someter a inspección los libros y documentación de cada federación, convocar a sus órganos rectores para cuestiones determinadas e incluso suspender de forma provisional al presidente o a los miembros de los órganos de gobierno cuando se inicie contra los mismos un expediente disciplinario.

Más información

Según la futura Ley, serán consideradas infracciones susceptibles de sanción hechos tales corro incumplir reglamentos electorales, comprometer gastos plurianuales, organizar competiciones internacionales sin la autorización del CSD o incumplir acuerdos de la Asamblea, entre otros.

La Ley no variará la actual legislación en lo concerniente a que ningún ciudadano español podrá ostentar la condición de presidente de una federación deportiva durante más de tres mandatos consecutivos, cualquiera que fuese la duración de éstos.

En ese sentido, la Ley establecerá, como un órgano nuevo, la Junta de Garantías Electorales, para supervisar, en el marco deportivo, los procesos electorales.

Deporte base

Independientemente del deporte profesional, en el que se contemplan unas estructuras específicas para los clubes y las Ligas profesionales, la Ley regulará una nueva fórmula para potenciar la fundación de clubes de base, favoreciendo así el asociacionismo y eliminando trámites y dificultades burocráticas. "Para crear un club entre varios amigos eran imprescindibles los mismos requisitos que para fundar un club profesional con miles de socios", ha declarado en estos días Gómez Navarro.

Otra novedad de la Ley radicará en las medidas que adoptará para prevenir y controlar el uso de sustancias prohibidas entre los deportistas. Para ello, la Ley contempla la creación de la Comisión Nacional Antidoping, "que estará formada por representantes de la Administración y de las federaciones, así como personas cualificadas en el ámbito científico, deportivo o jurídico. Dicha comisión antidoping tendrá facultades para legislar y sancionar sobre la materia.

Archivado En